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Condenan a autor de robo con intimidación y hurto simple en Chimbarongo

Juzgado de Garantia y TOP San Fernando.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando condenó a Benjamín Alejandro Prado Peña a la la pena de cumplimiento efectivo de 6 años, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. lícito perpetrado en abril del año pasado, en la comuna.

En fallo unánime (causa rol 141-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Daniel Ocampo Rubio (presidente), José Antonio Ruiz Stanke y Marisol López Machuca (redactora)– condenó, además, a Prado Peña a 2 años de presidio efectivo, la accesoria legal de suspensión de cargos u oficios públicos por el tiempo de la condena y el pago de una multa de 2 UTM, como autor del delito consumado de hurto simple, cometido en Chimbarongo.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 08:30 de la mañana del 21 de abril de 2024, Prado Peña se trasladaba a bordo en furgón por la comuna de Chimbarongo, procediendo a bajarse del vehículo para aproximarse a la víctima, G.J.P.M.G., a quien le preguntó si tenía monedas o si sabía de algún contacto para comprar marihuana. Ante la respuesta negativa, el acusado se abalanzó e intimidó a la víctima con un cuchillo y se apropió de su teléfono celular, especie con la que huyó del lugar.

El segundo hecho acreditado se registró el 17 de abril de 2024, ocasión en la cual “(…) Prado Peña se apropió sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucro de un furgón color blanco marca Chevrolet modelo NP 300, año 2017, patente (…), de propiedad de A.H.S.C., que se encontraba estacionado en la vía pública de la comuna de San Fernando, lo que hizo utilizando una llave genuina que encontró en el suelo junto al vehículo. El vehículo tenía a esa época un avalúo superior a 40 y que no pasaba de 400 UTM”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

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