¿Hasta cuándo van a blindar a Córdova?

En mayo de este año, la Contraloría Regional sancionó al exalcalde de Pichilemu, Roberto Córdova Carreño, por faltas a la probidad. Este pronunciamiento fue claro y contundente, destacando que Córdova ya había enfrentado sanciones administrativas en el pasado, lo que invalidaba cualquier argumento sobre su conducta intachable previa.

El órgano contralor envió todos los antecedentes del caso al Concejo Municipal, tras una investigación que se prolongó casi dos años, a raíz de una denuncia sobre la firma de un decreto por parte de Córdova, a pesar de tener un conflicto de intereses evidente. El actual alcalde presentó estos hechos a los concejales en una sesión a fines de mayo y les proporcionó una copia del expediente.

Sin embargo, sorprendentemente, han transcurrido cuatro meses desde entonces, y ninguno de los concejales, independientemente de su orientación política, ha tomado medidas con respecto al exalcalde Córdova, a pesar de que su responsabilidad administrativa ha sido acreditada.

Los seis ediles -Mario Morales (amigo personal de Córdova), Danilo Robles, José Luis Cabrera, Tobías Acuña (pretendiente a la alcaldía), Sofía Yávar y Héctor Cornejo- tienen responsabilidad política que hasta ahora no se manifiesta, y eventualmente podrían estar incurriendo ellos mismos en una falta a la probidad, ya que no han puesto en conocimiento del órgano correspondiente -el Tribunal Electoral Regional- estos antecedentes, que podrían resultar en la inhabilitación de Córdova por cinco años, lo que le impediría competir en las elecciones de 2024 y 2028.

Los concejales han actuado, además, con aparente ignorancia. Lo cierto es que tres de ellos (Morales, Cabrera y Robles) intentaron desconocer la naturaleza de un órgano jurisdiccional y buscaron asesoramiento en el Tribunal Electoral Regional (TER), aparentemente porque consideraron que la ley no era lo suficientemente clara o que el informe de la Contraloría era difícil de entender. Este tipo de acciones levanta dudas sobre la competencia de los concejales para abordar una cuestión tan importante.

Obviamente que los mandaron a freír monos (figurativamente). Un tribunal está para resolver controversias, no para responder consultas. Para eso deben consultar a un abogado (¿en la municipalidad no hay abogados? ¿no hay dirección jurídica?). La Contraloría también los había mandado a Chuchunco a rezar ave marías: “el órgano competente para pronunciarse sobre si la conducta por la que se consulta constituye notable abandono de deberes es el Tribunal Electoral Regional competente”. ¿Cuesta mucho trabajo comprender eso?

Al parecer, la dieta que reciben (960 mil pesos) no les alcanza para contratar en conjunto a un abogado que pueda asesorarlos o que por lo menos les lea literalmente la ley de municipalidades y la comunicación de Contraloría que expide el resultado del sumario, ambos bastante claros en lo que deberían hacer y que hasta ahora no han hecho, que no es otra cosa que recurrir al Tribunal Electoral Regional.

Veamos entonces. La resolución exenta de Contraloría, a que hemos hecho referencia anteriormente, dice de forma textual que “cabe concluir que don Roberto Córdova Carreño, vulneró sus obligaciones funcionarias, […] toda vez que no observó de manera estricta el principio de probidad administrativa ni veló por la aplicación de las normas dentro del ámbito de sus atribuciones, puesto que suscribió y aprobó el decreto alcaldicio N° 746, de 2021, […] debió haberse abstenido de suscribir aquel decreto, motivo por el cual no veló en definitiva por el debido cumplimiento de su función pública”.

Concluye diciendo dicha resolución: “Resuelve: I.- Aprobar el presente sumario administrativo, y la Vista Fiscal respectiva. II.- Considerar que se encuentra acreditada la responsabilidad administrativa del señor Roberto Córdova Carreño, ex alcalde de la Municipalidad de Pichilemu, en los hechos materia de cargo. III.- Remitir los antecedentes al Concejo Municipal de Pichilemu, en virtud de lo previsto en los incisos segundo y tercero del artículo 51, de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en relación con lo dispuesto en la letra c), del artículo 60, del mismo texto legal”.

En palabras simples, la Contraloría señala expresamente que los concejales de la Ilustre Municipalidad de Pichilemu están llamados a pedir la remoción del exalcalde Roberto Córdova Carreño, por encontrarse acreditada su responsabilidad administrativa, habiendo contravenido las normas sobre probidad. No necesitan a un abogado si quisieran realmente cumplir con su deber legal y político, que es pedir la inhabilitación de Córdova, pues no se requiere de patrocinio, haciendo aún más simple su trabajo.

¿Serán capaces los seis concejales de Pichilemu de cumplir con su deber político y legal de poner fin a las aspiraciones alcaldicias de Córdova, un individuo cuya responsabilidad en actos corruptos ha sido comprobada? Los ediles tienen la oportunidad de demostrar su compromiso con la transparencia y la probidad al cumplir con su deber legal y pedir la inhabilitación de Córdova. Tienen plazo hasta el 25 de noviembre de 2023 para pedir al Tribunal Electoral Regional su cesación e inhabilitación. De lo contrario, muy probablemente terminaremos con un corrupto de la vieja escuela de nuevo sentadito muy cómodamente en el tercer piso el próximo 6 de diciembre de 2024. Los ciudadanos de Pichilemu merecen líderes responsables que estén dispuestos a tomar medidas para garantizar la integridad en la gestión pública. El tiempo corre.

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