Registro de Deudores de Pensión de Alimentos: Lo que hay que saber y el paso a paso para hacer efectivo el cobro

La normativa destinada a facilitar la búsqueda del patrimonio de los deudores de pensión de alimentos ha entrado en vigencia en el país a partir del sábado 20 de mayo. Según los datos recabados en Registro Civil e Identificación, se ha identificado un total de 5.954 deudores en la región, de los cuales el 96.6% corresponden a hombres.

El objetivo principal de esta medida es simplificar y agilizar los procesos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones de pensión de alimentos. Esto incluye el cobro ejecutivo de la deuda, la aplicación de medidas de apremio y la inscripción de los deudores en el Registro Nacional de Deudores. Los Tribunales de Familia tendrán la responsabilidad de llevar a cabo, de oficio y mensualmente, la liquidación de las causas de alimentos vigentes y notificar a las partes involucradas para que presenten sus objeciones en un plazo de tres días.

“La importancia de conocer y aplicar la nueva Ley de Pensiones de Alimentos no puede ser subestimada. Esta ley representa un paso significativo hacia un mínimo de justicia para aquellos niños, niñas y jóvenes que dependen de las pensiones de alimentos para su bienestar, así como para quienes se encargan de cuidar de ellos”, afirmó la Seremi de la
Mujer y Equidad de Género de la Región Libertador Bernardo O’Higgins, Constanza Valencia Sepúlveda.

Desde la Seremía y en el resto del país, se ha informado sobre los pasos fundamentales que contempla la nueva ley:

1. Congelamiento de cuentas por la deuda: Es posible solicitar al tribunal el congelamiento de las cuentas bancarias u otros activos del deudor en caso de mensualidades impagas. Esta medida asegura que los recursos necesarios para cubrir la deuda sean retenidos hasta que se realice el pago  correspondiente, garantizando así el bienestar de las niñas, niños, adolescentes y sus cuidadores.

2. Investigación del patrimonio del deudor: En caso de falta de información sobre las cuentas bancarias del deudor o si estas no son suficientes para cubrir la deuda, el tribunal iniciará una investigación del patrimonio del deudor a través de la interconexión con diferentes instituciones. Este paso es crucial para identificar los activos y bienes del deudor que podrían utilizarse para cumplir con las obligaciones de pensión de alimentos.

3. Retención de fondos de AFP del deudor: Si la investigación determina que los fondos en las cuentas bancarias no son suficientes o no existen, y además se adeudan tres o más mensualidades continuas o discontinuas, es posible solicitar al tribunal la retención de los fondos acumulados en la  Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) del deudor. Esta medida busca asegurar el cumplimiento de las obligaciones y el bienestar de los beneficiarios.

Conocer y aplicar la nueva Ley de Pensiones de Alimentos es fundamental para asegurar el cumplimiento de los derechos de las niñas, niños, adolescentes y sus cuidadores. Esta ley proporciona un marco legal claro y efectivo para hacer  efectivo el pago de las deudas de pensiones de alimentos, brindando una herramienta concreta para garantizar el bienestar de quienes más lo necesitan.

En la región Libertador Bernardo O’Higgins, se ha identificado un monto adeudado de $8.020.918.583, con un total de 5.954 personas registradas como deudores. A nivel nacional, la deuda alcanza los $99.989.409.337, con un total de 108.954 deudores. En la región, hasta ahora, se han registrado 187 cancelaciones de deudores en los Tribunales de Rancagua y San Vicente.

Desde la Seremía regional reiteran la importancia de conocer y aplicar esta nueva legislación como un paso esencial para garantizar el cumplimiento de los derechos de las niñas, niños, adolescentes y sus cuidadores.

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