Cámara rechazó proyectos que permitían un nuevo retiro de fondos de pensiones

Por 70 votos a favor, 70 en contra y 12 abstenciones, la Sala de la Cámara rechazó la idea de legislar sobre proyectos que permitían un nuevo retiro de fondos de pensiones. El debate sobre este proyecto se extendió por cuatro horas, marcado por la polarización en las posturas, dándose luego inicio al análisis de la segunda propuesta originada por el Ejecutivo, que tampoco alcanzó el quórum necesario.

La idea fundamental común de los seis proyectos era facultar a las y los afiliados del sistema privado de pensiones a realizar un nuevo retiro. Los montos variaban en cada una de las mociones, partiendo desde un 10 hasta llegar, incluso, al 100% de los fondos.

Las mociones refundidas necesitaban el respaldo de 93 votos, ya que correspondían a reformas transitorias de la Constitución. Al no alcanzarlos, las iniciativas serán archivadas y no se podrán volver a plantear en el plazo de un año.

Retiros por el 10%

Las mociones fueron analizadas en primera instancia por la Comisión de Constitución, donde también fueron rechazadas.

El primer proyecto (boletín 14729) fue presentado en diciembre de 2021 por la diputada Pamela Jiles (PH) y Félix González (PEV). El objetivo de la iniciativa era replicar los alcances de la ley que permitió un tercer retiro del 10% de los fondos de previsionales.

Luego, antes de terminar su mandato, el diputado Karim Bianchi (IND) presentó un proyecto (boletín 14858) para retirar hasta un 100% de los fondos. La moción señalaba que, en primer lugar, las y los afiliados podrían hacer un retiro del 10% en las mismas condiciones del tercero.

Sin embargo, agregó que quienes sufrieran enfermedades cubiertas por la Ley Ricarte Soto o enfermedades catastróficas certificadas podían hacer un retiro del 100%. Esto, con un límite máximo de 1.350 UF (cerca de $43 millones). Asimismo, incluía a las rentas vitalicias.

Hasta el 100%

Junto a estos proyectos, se refundieron otras cuatro mociones (boletines 14730, 14859, 14861 y 14860) cuyo objetivo era permitir un retiro de hasta un 100%. Aquí también participaron los diputados Jiles y González, además de Jorge Durán (RN) y Gaspar Rivas (PDG).

Las principales diferencias de estas propuestas guardaban relación con los plazos para elevar la solicitud. En cuanto a los beneficiarios, todos consideran a las y los afiliados activos, pensionados por invalidez o sobrevivencia, pero excluían las rentas vitalicias.

Por otro lado, dos de las propuestas buscaban mecanismo para aumentar las cotizaciones. Uno permitía aumentar, para aquellas personas que realicen el retiro, en un 11% las cotizaciones obligatorias por un año. La otra establecía un aporte fiscal, cuyas características se determinarían por ley de quórum calificado.

Proyecto del Gobierno

Tras un amplio y complejo debate, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados no logró consensuar una vía para concretar una nueva opción de retiro desde los fondos previsionales. Para ello, sopesó dos propuestas: una originada en mociones parlamentarias y otra planteada por el Ejecutivo.

Respecto de la primera, la Corporación no alcanzó el quórum de 93 votos favorables, por lo cual se rechazó. Pero, además, tampoco reunió el consenso necesario para respaldar la otra iniciativa, que requería 78 votos a favor como mínimo (obtuvo 68 votos a favor, 83 en contra y 1 abstención).

Sin embargo, a diferencia de los proyectos parlamentarios, el Gobierno tiene una opción. Esta consta en hacer uso de la herramienta de la insistencia, presentando el texto ante el Senado.

El proyecto originado por el Ejecutivo (boletín 14901) se presentó por medio de los informes de las comisiones de Trabajo y de Hacienda. En concreto, autorizaba a realizar un retiro, de forma voluntaria y excepcional por hasta el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual. El monto máximo sería el equivalente a 150UF y el mínimo a 35UF. Si el dinero era menor al monto mínimo, se podía retirar hasta dicho margen.

Los fondos retirados se consideraban extraordinariamente intangibles para todo efecto legal. No serían objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o afectación judicial o administrativa.

Los dineros retirados se podían utilizar, exclusivamente, para los siguientes fines:

  1. Exigir el pago de deudas originadas por obligaciones alimentarias. Para ello, el texto describe los procedimientos a seguir por las partes, así como los derechos y deberes referidos a esta materia.
  2. El pago de deudas de salud, contraídas hasta el 31 de marzo de 2022. Será válido tanto respecto del seguro previsional de salud, público o privado, como de prestadores institucionales. Requerirá previa acreditación de estas a través de la Superintendencia de Salud.
  3. Incrementar el ahorro necesario para la postulación a los subsidios para la construcción o adquisición de la primera vivienda. Se detallan en las normas siguientes procedimientos y condicionantes para esta facultad.
  4. Pagar créditos hipotecarios de hasta 4.000UF, contraídos para la adquisición de la primera vivienda, hasta el 31 de marzo de 2022.
  5. El pago de deudas de servicios sanitarios, de electricidad y gas de red, vencidas hasta el 31 de marzo de 2022.
  6. Cancelar deudas financieras, bancarias y no bancarias, contraídas hasta el 31 de marzo de 2022.
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