Un duro revés enfrenta la administración del alcalde Yanko Blumen. Un lapidario informe de Control Interno destrozó la justificación legal y técnica detrás de la contratación a honorarios del exalcalde de Rengo Carlos Soto, destapando funciones duplicadas, desorden jerárquico y un respaldo jurídico deficiente.
Un verdadero terremoto político y administrativo sacude a la Municipalidad de Navidad. El Informe de Fiscalización Especial N° 01/2026, con fecha 25 de marzo de 2026, dejó al descubierto una serie de graves cuestionamientos al millonario contrato a honorarios otorgado al exalcalde de Rengo, Carlos Soto González, quien además es testigo en la causa seguida en contra del alcalde Yanko Blumen en el Tribunal Electoral Regional por un presunto notable abandono de deberes.
La investigación interna, detonada tras una solicitud de fiscalización del concejal Luis Calderón Gómez, detectó «inconsistencias severas» en la solicitud del contrato, su dependencia y su viabilidad legal y jurisprudencial. Ante la magnitud de los hallazgos, el Director de Control Interno ordenó elevar de forma perentoria todos los antecedentes a la Contraloría Regional.
Superposición de funciones, desorden administrativo y el «auto-ascenso»
Uno de los puntos más críticos del documento es la confirmación de una evidente «superposición de funciones». El auditor señala que las tareas encomendadas a Carlos Soto son, en realidad, labores propias que la Ley y el reglamento interno asignan a la Secretaría de Planificación Comunal (SECPLA).
El nivel de duplicidad llegó a tal punto que, en su primer reporte mensual, Soto presentó una cartera de 34 proyectos municipales, de los cuales el equipo de Control Interno constató que al menos 25 ya habían sido informados y trabajados por la SECPLA ante el concejo municipal.
El informe también expone un insólito enredo jerárquico. El contrato de Soto fue solicitado por el Administrador Municipal para que el exalcalde prestara servicios en el Gabinete de Alcaldía, pero se instruyó que las certificaciones de pago las firmara el propio Administrador, a pesar de que no tiene tuición jerárquica sobre el Gabinete.
A esto se suma una llamativa actitud del prestador: el auditor advierte que Soto entregó «productos no contratados» en su informe, llegando al extremo de proponerle al municipio la creación de una Comisión Técnica Permanente en la cual él mismo recomendó su propia presencia como integrante. Esto fue catalogado como inaceptable por Control Interno.
Para intentar validar el contrato, la administración recurrió a un informe de la Dirección Jurídica del municipio. Sin embargo, el órgano contralor interno lo desestimó tajantemente. El documento asegura que el reporte legal es «contradictorio», que sus afirmaciones se hicieron «a priori» (sin revisar los hechos) y que no cumple con la esencia de un informe jurídico municipal necesario para la toma de decisiones.
Dada la firmeza con la que el municipio defendió la legalidad del contrato frente a las profundas dudas del equipo auditor, la Dirección de Control Interno dictaminó que la municipalidad tiene un plazo no mayor a diez días para enviar toda la evidencia a la Contraloría General de la República. Será este organismo el encargado de dar la última palabra sobre si la cuestionada y oportuna asesoría de Carlos Soto se ajusta, o no, a la ley. Dado que este documento data de fines de marzo, la respuesta debería conocerse pronto.
ORD 26 2026








