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Superintendencia de Medio Ambiente formuló cargos contra fundición de plomo de Alcones

Tras una fiscalización realizada, la SMA determinó que en el recinto opera como fundición de baterías de plomo en desuso, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), configurándose una posible elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos en contra de la empresa Andacollo de Inversiones Limitada, titular del proyecto “Planta de Recuperación de Plomo Los Alcones”, ubicada en la Avenida El Cardonal s/n, Fundo Alcones, comuna de Marchigüe, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.

Luego de recibir un total de 10 denuncias de vecinos afectados, 9 durante el año 2017 y 1 durante el año 2018, profesionales de la Oficina Regional de O’Higgins de la SMA procedieron a la fiscalización de la planta, donde se constató que la empresa se encuentra operando como una instalación de tratamiento y/o eliminación final de residuos peligrosos provenientes de baterías de plomo, y operando sin las condiciones estructurales y sanitarias para el almacenamiento de una sustancia peligrosa, entre otros hallazgos. Al respecto, esta Superintendencia detectó el siguiente incumplimiento que se detalla a continuación:

Producción, reutilización, almacenamiento, tratamiento y eliminación final de sustancias tóxicas y/o residuos peligrosos provenientes de baterías de plomo en desuso, con característica de tóxico agudo, sin contar con RCA que lo habilite para ello y generando los efectos adversos a la salud de la población y a uno o más componentes ambientales.

Infracción que fue clasificada como gravísima, por lo que la empresa podría ser objeto de la clausura, o una multa de hasta diez mil unidades tributarias anuales (UTA) equivalentes a unos $5.800 millones o unos USD 8,6 millones aproximados.

Cabe recordar que la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. Al respecto, el titular tendrá 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento, o bien, 15 días de plazo para formular descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

En tanto, el Programa de Cumplimiento es un plan de acciones y metas presentado por el infractor, para que, dentro de un plazo fijado por la SMA, el titular enmiende sus problemas, realice las inversiones necesarias y vuelva a cumplir con la normativa aplicable.

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