Tribunal sanfernandino absuelve a imputado por abuso sexual

Juzgado de Garantia y TOP San Fernando.El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, por mayoría, dictó veredicto absolutorio en favor de Benjamín Leopoldo Rodríguez Verdejo, de la acusación de delito de abuso sexual de menor de 14 años, ilícito supuestamente cometido contra la víctima de iniciales G.A. S.J, en Chimbarongo.

El tribunal -integrado por los magistrados Marisol López Machuca, Pablo Aceituno Romero y Cristina Fernández Malatesta-, estableció que: “Que ante la existencia de antecedentes probatorios contrapuestos, el tribunal debió realizar un análisis sistemático de estas probanzas para determinar qué hechos se podían dar por establecidos. Y en mérito de tal comparación de datos, se concluyó que las pruebas rendidas por la Fiscalía, no lograron superar el estándar necesario para dar por acreditado, más allá de toda duda razonable, tanto la perpetración del ilícito materia de la acusación, como la participación atribuida al acusado en el mismo”.

Los magistrados determinaron que: “En efecto, tal como se señaló en la deliberación, nada obsta para sustentar una condena en la sola versión de la víctima, a la cual se le exige, como la lógica lo indica, que su relato de los hechos sea claro, lógico, suficiente y uniforme; pero si el relato de la víctima no satisface todos estos requisitos, o los cumple de manera parcial, dicha versión no podrá ser fundamento de castigo alguno. (…) En cuanto al relato del padre, este fue contradictorio con otras pruebas del persecutor en aspectos que no son menores. (…) En conclusión, el padre resultó poco fiable, pues presentó un relato contradictorio, no acabado y con detalles oportunistas”, señala la sentencia.

La decisión de absolución, fue adoptada con el voto en contra de la magistrada Marisol López Machuca, para quien: “La prueba de cargo, en concepto de esta sentenciadora, reunió el estándar necesario para dar por acreditados, más allá de toda duda razonable, la existencia del ilícito imputado y la participación que se atribuyó al acusado en aquel. (…) En efecto, los hechos ilícitos resultaron demostrados a partir de los dichos del menor ofendido de iniciales G.A.S.J. de actuales 8 años de edad, quien entregó en la audiencia un relato que fue suficientemente claro y preciso para describir que fue abusado sexualmente, y que sostuvo pese al tiempo transcurrido desde la fecha de comisión del hecho y hasta el día de su declaración en juicio”.

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