SE ESTÁ HACIENDO JUSTICIA PARA PEQUEÑAS LOCALIDADES DE LA REGIÓN DE COQUIMBO

JUSTICIA ANULA VENTA DE PREDIO DONDE SE ALZA EL TRANQUE EL MAURO
Minera Los Pelambres aclaró que negocio fue nueve años antes de que ellos compraran el predio. Fallo, además, niega por sexta vez una petición judicial para paralizar las obras.

Fuente: www.elmercurio.cl, 24 de mayo de 2007.

El 12° Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda interpuesta por la Sociedad Agrícola y Comercial Mauro Limitada y declaró nulo el contrato de compraventa del fundo Mauro -que data de 1992 y en que no está relacionado la empresa-, donde hoy Minera Los Pelambres construye el tranque de relaves El Mauro.

En su extenso fallo, el magistrado acogió una demanda reivindicatoria, lo que significa que el fundo Mauro, ubicado en Los Vilos, en la IV Región, y que está actualmente inscrito a nombre de la minera Los Pelambres, deberá cancelarse.

Pelambres apeló de ese fallo, lo que, según explicaron fuentes al interior de la empresa, deja congelados los efectos del juicio hasta que se resuelva sobre la apelación, lo que puede tardar largo tiempo.

La empresa destacó que, en este mismo fallo, se niega por sexta vez una petición para detener, por vía judicial, la paralización de la construcción del tranque de relaves, que implica una inversión superior a los US$ 580 millones y que ya ha completado casi el 80% de las obras.

El litigio judicial

La demanda está dirigida en contra de Arnoldo Muñoz, Jorge Manuel Muñoz y Germán Arnoldo Muñoz, porque el predio en cuestión habría sido “enajenado por los compradores a terceros”, y no contaban con el consentimiento de los dueños.

El brazo minero del grupo Luksic, a través de un comunicado, explicó que éste es el tercer intento de los demandantes por establecer la nulidad de las escrituras de compraventa, pese a que en los dos procesos anteriores la Justicia estableció que las firmas eran verídicas.

A lo largo del proceso se estableció que las firmas estampadas en el contrato de compraventa del 26 de junio de 1992, que se atribuyen a Guido del Tránsito Ibacache, a Gabriel del Tránsito Carvajal y a Secundino Ibacache en una notaría de Santiago, son “falsas por imitación”. Según el fallo del tribunal, estas personas nunca viajaron a Santiago, y los demandados “nunca detentaron” el dominio del predio.

Pero eso no es todo. El tribunal también dictó el pasado 18 de mayo una medida precautoria en contra de la minera, a la que “le prohíbe depositar relaves o desechos en el tranque El Mauro”, de la que fueron notificados esta semana.

El juez además tiene decretada otra medida precautoria en la que les prohíbe vender o enajenar la propiedad.-
DGA MULTA A PELAMBRES POR CONTAMINAR QUEBRADA EN FAENA DE EL MAURO
Compañía del grupo Luksic vertió aguas contaminadas con químicos ”sin considerar el problema ecológico que podrían causar”, y deberá pagar 100 UTM, más de 3 millones de pesos.

Fuente: www.elmostrador.cl, martes 29 de mayo de 2007.

Fiscalía del Medio Ambiente responsabiliza a la propia Dirección General de Aguas (DGA) por autorizar el proyecto. ”Ellos sabían que esto iba a suceder”, dijo el abogado Fernando Dougnac.
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UNA multa de 100 unidades tributarias mensuales (UTM), algo más de $3.200.000, debe pagar la compañía Minera Los Pelambres por la contaminación que causó en marzo pasado en la quebrada Los Maquis, comuna de Los Vilos, Región de Coquimbo, donde la empresa “por no contar con piscinas de decantación- descargó químicos contaminantes.

La Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas (MOP) informó a El Mostrador.cl que en la inspección realizada a las faenas del tranque de relave El Mauro “se observaron diversas anomalías respecto de aguas afloradas en las obras del túnel La Guardia”.

Éstas se refieren al aumento de caudal de las aguas afloradas que no podían ser contenidas en las piscinas de embalsamiento, “ante lo cual Minera Los Pelambres determinó verter las aguas a la quebrada Los Maquis, sin considerar el problema ecológico que podrían causar”.

DESCARGA DE QUÍMICOS

En su informe, la autoridad ordenó a la empresa construir piscinas de decantación para reducir el daño al ecosistema de la quebrada, a napas subterráneas y aguas abajo del sitio indicado.

Asimismo, la DGA realizó monitoreos de calidad química de las aguas, con toma de muestra y análisis en el laboratorio ambiental del servicio. Los resultados arrojaron valores de analitos por sobre la norma 1.333 y se refieren a sulfatos (SO4), aluminio (Al), ferrita (Fe), y manganeso (Mn).

La autoridad declaró que “debido a las respuestas inapropiadas y deficitarias de la minera, en cuanto a la rapidez e ineficiencia, tanto de la construcción de las obras como de la información entregada a la autoridad, la DGA solicitó a la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema) de Coquimbo el inicio de un proceso de sanción, por incumplimiento del considerando Nº 26 de la Resolución Nº 38”.

“EL QUE MULTA ES EL CULPABLE”

La DGA fue el organismo que, el 30 de noviembre de 2005, dio la autorización para que se materializara el proyecto y en la actualidad, junto a la propia firma, se aprontan a defender el permiso ante la Corte Suprema, debido a una demanda de un grupo de regantes que logró que instancias inferiores lo declararan nulo.

Al respecto, Fernando Dougnac, abogado que representa a dueños de predios del Valle de Pupío (cercano al tranque) en el juicio por derechos de agua en contra de la minera y de la DGA, declaró a este diario que “lo que hace la DGA no es otra cosa que una crónica de una muerte anunciada. Desde el comienzo dijimos que se iban a contaminar aguas”.

“Se están cubriendo las espaldas y están tapando con un dedo lo que han hecho. La DGA sabía desde un comienzo que esto iba a suceder y que seguirá sucediendo. Entonces, el que multa es el culpable, por autorizar el permiso ambiental del tranque de relaves de Pelambres”, afirmó.

Además de la sanción por un monto de 100 UTM, la Corema de Coquimbo decretó en la Resolución Nº 49 que “la sociedad contractual Minera Los Pelambres deberá abstenerse de realizar cualquier acto u omisión que signifique incumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del referido proyecto…(o) esta comisión podrá aplicar sanciones… más graves (artículo 64 Ley 19.300)”.

RUMBO A LA CORTE SUPREMA

El permiso de construcción del tranque El Mauro, otorgado por la DGA, fue anulado el 3 de noviembre de 2006 por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que resolvió que el proyecto vulnera derechos de aprovechamiento de aguas, inscritos por dueños de predios del Valle de Pupío y el Comité de Agua Potable Rural de Caimanes.

Otras aristas polémicas de este proyecto implicaron la remoción, por “error” del Consejo de Monumentos Nacionales, de más de un centenar de sitios arqueológicos de origen diaguita, incaico y molle, y el uso parcial que la compañía y Gestión Ambiental Consultores hicieron de un informe científico externo.

A ello se suma que recientemente, el 12° Juzgado Civil de Santiago declaró nulo el contrato de compraventa del fundo El Mauro, donde se levanta el tranque, acogiendo una demanda de la Sociedad Agrícola y Comercial Mauro Limitada, aunque la empresa ya apeló ante la Corte.

Como la minera no ha paralizado faenas y sigue a la espera del pronunciamiento de la Suprema, desde el fallo a la fecha avanzó del 60% al 86% en la materialización del proyecto, que implica una inversión superior a los U$ 700 millones, de los cuales sólo el tranque representa U$ 530 millones.-

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