118 internos de la Región de O’Higgins serán puestos en libertad condicional

La Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Rancagua, en la primera sesión del año –entre el 16 y 18 de abril- revisó un total de 208 solicitudes de internos de los cuatro Centros de Cumplimiento Penitenciario de la Región de O’Higgins (Rancagua, Rengo, Peumo y Santa Cruz), quienes presentaron solicitud para optar a la libertad condicional, derecho establecido por el Decreto Ley Nº 321.

La comisión estuvo encabezada por el ministro Emilio Elgueta y estuvo integrada por dos juezas del Tribunal Oral de Rancagua, Paulina Chaparro y Gladys Medina; y por los jueces de Garantía de la misma ciudad Luis Barría y Héctor Benavides, además del secretario del tribunal de alzada, Hernán González, quien actúa como ministro de fe.

Luego de analizar cada solicitud, se concedió el beneficio a 118 internos -equivalente al 54,7% del total- que cumplían todos los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 321 de 1925 y sus modificaciones. Asimismo, se rechazaron 89 peticiones -42,8 %- y hubo 1 omisión -0,5%-.

Los internos que accedieron a la libertad condicional provienen del Centro Penitenciario Rancagua (88); Centro de Cumplimiento Penitenciario de Peumo (4); Centro de Cumplimiento Penitenciario Rengo (8); Centro de Cumplimiento Penitenciario de Santa Cruz (18).

Al respecto, el ministro Elgueta señaló que “lo primero es que en años anteriores el número de solicitudes era mayor, y ahora como se ha uniformado la jurisprudencia de la Corte Suprema para conceder el beneficio de la libertad condicional se debe estar a los requisitos señalados en el reglamento de la ley de libertad condicional, esto es, haber cumplido la mitad de la condena o dos tercios, dependiendo el delito, haber observado conducta intachable, haber aprendido un oficio o haberse desempeñado en talleres y asistir a la escuela del penal o conferencias educativas; no siendo exigibles otros requisitos más allá de lo señalado como por ejemplo: aquellos de carácter subjetivo como el informe favorable o desfavorable basado en la personalidad del condenado”.

Los informes de libertad condicional se remiten a Gendarmería, institución que completa el egreso de los internos que accedieron a este derecho.

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