La reducción del Acta de Constitución a Escritura Pública de la denominada “Universidad Tecnológica Abierta del Pacífico – Cardenal José María Caro” se realizó el 18 del presente en la Notaría Pública de esta ciudad balneario.
La constitución de esta nueva universidad del país “que se realizó el 14 Jul 2005, en Pichilemu- fue reducida a escritura pública por la profesional abogada Macarena Umaña Durán, siendo las 14 horas del día 18 recién pasado; acto en la que actuó como Ministro de Fe el Notario Suplente, abogado Claudio Torres Bastías, quien -según se señala- “estuvo presente durante toda esta sesión -constitutiva y escuchó lo discutido y aprobado por los asistentes”; mencionándose que “leída esta acta, se pone término a esta sesión constitutiva siendo las 14.50 horas la que ratifican y firman los socios …”
Así lo señala el Repertorio correspondiente que “pichilemunews” tuvo hoy a la vista y que paralelamente se dio a conocer en los informativos radiales de mediodía.
El documento indica que “de acuerdo con lo previsto en la Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de la Enseñanza, publicada en el Diario Oficial de fecha 10 de Marzo de 1990, a la que comparecen: María Eliana Lagos Olguín, Educadora Diferencial; María Paz Avaría Grossetete, Educadora de Párvulos; Astrid Teresa Fugellie Gezan, Educadora de Párvulos; Jorge Cabezas Cortés, Técnico de Nivel Superior en mantenimiento y Administración; y Sergio Gatica Cortés, Licenciado en Historia”.
En su artículo 1°, se manifiesta que: “Los antes individualizados, se constituyen en este acto en miembros fundadores, proceden a la instalación de la Asamblea Constituyente de la Corporación de Derecho Privado “Universidad Tecnológica Abierta del Pacífico – “Cardenal José María Caro”.
En el artículo 2°, se dan a conocer los objetivos y finalidades de la Universidad, los cuales -por ser tan amplios y comunes a un plantel de educación superior- los informaremos más adelante.
En el artículo 4° dice que “rechaza, dentro de sus espacios educativos, toda discriminación religiosa, sectaria, política, racial o de sexo, a fin de mantener un ambiente de convivencia y respeto a la diversidad”. En tanto, el artículo quinto, indica que “la duración de la corporación será indefinida y el número de socios no podrá exceder de diez personas entre fundadores y activos”.
En el artículo 21, se dan a conocer la serie de materias de las que deberá tratar la Asamblea General de socios; haciéndose mención en la “letra m) Aceptar y recibir herencias, siempre con beneficio de inventario, aceptar legados y donaciones”. Especificando acto seguido sobre esto último: “Las donaciones deberán ser hechas libremente, sin condición alguna que obligue a la Corporación en ninguna forma, de acuerdo con el artículo N° 64 de la Ley N° 18.681 sobre “Donaciones efectuadas a Universidades e Institutos Profesionales Estatales y Particulares”.
En el artículo 22 se señala que: “La Junta Directiva es el máximo organismo colegiado de la Universidad. Su misión es la determinación de las líneas de la política universitaria”, y acto seguido se menciona que: “La Junta Directiva estará compuesta por cinco miembros, los cuales serán elegidos por la Asamblea General de Socios cada dos años …” Más adelante el mismo artículo indica que: “El Rector de la Universidad se integrará al Directorio y solo gozará de derecho a voz”.
El artículo 38, dice que: “El patrimonio de la universidad está constituido por: a) Un aporte inicial de 35 millones de pesos; b) Derechos de Matrícula pagados por los alumnos en las distintas carreras y cursos de perfeccionamiento y/o capacitación ofrecidos y realizados por la Corporación; c) Aranceles que perciba por el concepto anterior”, entre muchos más que se mencionan.
El artículo 39, da a conocer las profesiones y grados académicos que se impartirán -en principio- sin perjuicio de otros en el futuro. A saber: a) Título de Profesores de Educación General Básica, Licenciado en Educación; b) Título de Profesor de Educación Media en Matemáticas e Informática, Licenciado en Educación; c) Título de Ingeniero Forestal, Licenciado en Ingeniería Forestal; d) Título de Ingeniero Comercial, Licenciado en Ciencias en la Administración de Empresas; y e) Título de Ingeniero en Informática, Licenciado en Ciencias de la Ingeniería.
De acuerdo a otras informaciones, se informó que esta Universidad espera iniciar sus labores académicas en marzo del 2006 en un recinto aún no definido, aunque en el documento notarial se fija como domicilio de la Universidad, la dirección de Hernando de Magallanes s/n, de Pichilemu.
CON CINCO CARRERAS EN MARZO DEL 2006- INICIARÍA SUS FUNCIONES NUEVA UNIVERSIDAD CREADA RECIENTEMENT
27 julio 2005
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