EL MARINO 10 CENTAVOS
Diario regional de la mañana.
Adorno
Propietario y Director: DIEGO A. GREZ CAÑETE Es propiedad.
Adorno
Fundado el 30 de Abril de 2013. Se publica todos los días y recibe
avisos hasta las 10 de la noche.
AVISOS LEGALES
Publique sus extractos, resoluciones y balances con la rapidez y seriedad que su trámite requiere.
contacto@diarioelmarino.cl
+56 9 5601 2861

SMA sanciona a empresa Agrícola AASA LTDA. en Nancagua por malos olores en plantel de cerdos

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio contra la empresa Agrícola AASA LTDA., responsable del proyecto «Ampliación Plantel de Cerdos Leñadura», ubicado en la comuna de Nancagua, región de O’Higgins.

Esta acción se debe a incumplimientos detectados en el permiso ambiental otorgado para la ejecución del proyecto, así como a modificaciones realizadas sin contar con la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental (RCA). La decisión de la SMA responde a 49 denuncias ciudadanas sobre malos olores provenientes del plantel de cerdos, lo que motivó fiscalizaciones en terreno y revisiones documentales.

Incumplimientos detectados

Entre las infracciones detectadas, se constató que la empresa no ha retirado los lodos de la laguna anaeróbica cada dos años, como exige la RCA, y que nunca ha realizado dicha extracción. Además, se comprobó que la empresa implementó modificaciones sustantivas en el sistema de tratamiento de purines y aumentó la superficie de riego sin evaluación ambiental, generando impactos en el agua subterránea, el suelo y el aire debido a las emisiones de olores molestos.

Cargos y posibles sanciones

La SMA formuló dos cargos contra la empresa. El primero, clasificado como leve, se refiere al incumplimiento del retiro de lodos de la laguna anaeróbica. El segundo, considerado grave, está relacionado con la modificación del sistema de tratamiento de purines y la expansión de la superficie de riego sin autorización ambiental.

Sobre este proceso, la superintendenta (s) del Medio Ambiente, Claudia Pastore, indicó que «tras el análisis realizado por la SMA, se puede evidenciar que existen antecedentes suficientes para el inicio de este procedimiento sancionatorio. En este contexto, tal como lo establece la Ley Orgánica de la SMA, el titular podrá presentar un programa de cumplimiento o sus descargos».

Las sanciones por infracciones leves pueden incluir una amonestación por escrito o multas de hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), mientras que las faltas graves pueden conllevar la revocación de la RCA, clausura del plantel o multas de hasta 5.000 UTA, lo que podría traducirse en un monto superior a los $4.845 millones.

La empresa Agrícola AASA LTDA. tiene un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y 15 días hábiles para formular sus descargos, contados desde su notificación.

 

Total
0
Shares

PUBLICITA AQUÍ

¡Apoya el periodismo independiente de El Marino!

Desde 2013, el diario El Marino ha sido la voz de Colchagua y Cardenal Caro, informando de manera independiente y veraz.

Tu apoyo a través de la publicidad no solo dará gran visibilidad regional a tu empresa o servicio, sino que nos permitirá seguir operando y preservar la pluralidad de voces en nuestra región.

Publicaciones relacionadas