Seremi del Trabajo llamó a respetar feriado obligatorio e irrenunciable de Fiestas Patrias para trabajadores del comercio

Hasta el Mall Open Plaza de Rancagua llegó la Seremi del Trabajo y Previsión Social de O’Higgins, Doris Rodríguez Zavalla junto a la Directora Regional (s) del Trabajo, Daniela Cabrera Pérez, para informar a las y los trabajadores del comercio de sus derechos laborales en este doble feriado obligatorios e irrenunciables de los próximos 18 y 19 de septiembre.

Despliegue informativo en vísperas del inicio de los festejos en todo el país, que tuvo a las autoridades recorriendo diversos locales comerciales del centro comercial, así como farmacias, carnicerías y tiendas de la capital regional, con el objetivo de dar a conocer a los trabajadores y empleadores los alcances de la ley N°19.973, que establece que a partir de las 21:00 horas del domingo 17 de septiembre, todos los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de sus puestos laborales, extendiéndose este cierre legal hasta las 06:00 horas del miércoles 20 de septiembre.

“Es fundamental que se respeten los derechos de las y los trabajadores así como también los topes horarios de cierre previo a los feriados. El llamado también es a la ciudadanía a que realicen sus compras con antelación, porque son más de 80 mil los trabajadores en O’Higgins que se desempeñan en el comercio quienes al igual que usted y nosotros, merecen disfrutar este 18 y 19 de septiembre con sus familias”, aseveró Rodríguez Zavalla.

Además, la Secretaria Regional Ministerial agregó que “de igual forma la ley excluye a trabajadores de ciertos establecimientos comerciales como restaurantes, cines, pubs, discotecas, farmacias de urgencia y turno. Además de servicentros y tiendas de conveniencia, si es que se venden alimentos preparados allí mismo. Por lo que pondremos especial atención en el descanso alternado de estos trabajadores, esto quiere decir que si laboró el 18 o 19 de septiembre de 2022 y continúa trabajando para el mismo empleador, esta vez deberá descansar. Por lo que llamamos a los empleadores a precaver infracciones, organizando sus turnos con antelación”, concluyó.

Cabe resaltar que aquellos negocios donde no existen trabajadores dependientes, como las tradicionales tiendas de barrio, pueden abrir y atender normalmente, ya que son atendidas por sus propios dueños y/o familiares directos.

Multas

Aquellos empleadores que no respeten los feriados obligatorios e irrenunciables y el descanso alternado serán sancionados con multas de las 5 UTM hasta las 60 UTM, si la empresa cuenta con más de 200 trabajadores.
Según explicó la Directora (s) del Trabajo, Daniela Cabrera, “estas multas se aplican por cada trabajador sorprendido en infracción, además, los empleadores que mantengan trabajadores y trabajadoras laborando deberán suspender sus funciones de forma inmediata y cerrar el local. No queremos se vuelvan a repetir situaciones como las ocurridas el pasado feriado irrenunciable del 1° de mayo donde fueron sorprendidos locales con trabajadores desarrollando funciones sin respetar su descanso”, enfatizó, agregando que como Dirección del Trabajo estarán durante todo el fin de semana largo en terreno, verificando el cumplimiento de la normativa.

Si a un trabajador o trabajadora del comercio no se le otorgan los feriados obligatorios de los días 18 y 19 de septiembre o el descanso compensatorio bianual puede ingresar su denuncia a través de la página web www.direcciondeltrabajo.cl o llamar al canal telefónico 600 450 4000, entre las 09:00 y 14:00 horas de ambos días feriados.

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