Comisión de Medio Ambiente se prepara más de 30 artículos sobre derechos de la naturaleza para pleno de la Convención

Se buscará consagrar constitucionalmente cinco grandes temas que engloban importantes aspectos para nuestro planeta y nuestra relación en armonía con él.  

 La Comisión de Medio Ambiente terminó sus dos sesiones destinadas a votar en particular las indicaciones realizadas a cada una de las normas del denominado “Bloque A: Derechos de la Naturaleza”. Con esto, enviará su primer informe para ser discutido íntegramente por las y los 154 constituyentes en el Pleno. 

Se buscará consagrar constitucionalmente cinco grandes temas que engloban importantes aspectos para nuestro planeta y nuestra relación en armonía con él: 

1. Crisis Climática 

Sobre esta temática se definieron Artículos que establecen que el Estado deberá: reconocer la existencia de la crisis climática y ecológica como consecuencia de la actividad humana; destinar los recursos necesarios y crear un sistema que estudie y monitoree en forma permanente los efectos e impactos de esta crisis en el país; y fomentar ciudades sostenibles. 

2. Reconocimiento y protección de los Derechos de la Naturaleza 

Aquí se definieron Artículos que reconocen “la especial relación que tienen pueblos y naciones preexistentes al Estado con la Naturaleza” y que el daño a la Naturaleza será sancionado. 

Asimismo, se establece que el Estado deberá hacer un proceso de “Revisión Histórica” con el objetivo “identificar los procesos evolutivos de la Naturaleza y reconocer las intervenciones humanas sobre ella, y establecer la verdad histórica en la vulneración de sus derechos, a fin de lograr procesos de justicia y reparación integral de la Naturaleza”. 

3. Medioambiente, biodiversidad, principios de la bioética y bienes comunes naturales 

En este ítem se define qué es un bien natural común: “las aguas en todas sus formas e interfaces, incluyendo glaciares y criósfera; el mar territorial, la altamar y el fondo marino; las playas, dunas y el borde costero; el subsuelo; los humedales; el aire, viento y atmósfera; la radiación solar; los campos geotérmicos; la alta montaña; el cielo y el espacio”.  

 

Junto a dicho listado, se reconoce el derecho de acceso peatonal de todas las personas “gratuito, eficaz, universal y temporal para recorrer los bienes naturales comunes”. También se establece que el Estado reconocerá los usos ancestrales de bienes comunes naturales de los pueblos y naciones preexistentes. 

Otros Artículos para destacar son los que indican que “es deber del Estado garantizar e incentivar el reciclaje y que “El Estado debe velar y garantizar la protección, restauración y conservación de (…) los reinos Animalia, Plantae y Funji y especies endémicas, polinizadores nativos y otros que determina la Ley”. 

Asimismo, son tres los Artículos que consagran los derechos de los animales y su derecho a vivir una vida libre de maltrato. 

4. Principios Ambientales 

Aquí se establece que es deber del Estado promover y garantizar la educación ambiental en los diferentes niveles y dimensiones, considerando las diferencias y diversidades ambientales y territoriales de cada región. 

También se hace alusión a los delitos ambientales y que el Estado deberá reconocer como vulneración gravísima de los derechos de la Naturaleza, la extinción de una especie o población de esta, la destrucción total o parcial de un ecosistema nativo, o la eliminación de una condición específica para el equilibrio de la Naturaleza, y que dichos delitos serán imprescriptibles. 

5. Democracia Ecológica y Plurinacional 

En este grupo de artículos se reconocen los siguientes derechos: a la participación vinculante e incidente en la toma de decisiones ambientales, a la consulta y consentimiento de los pueblos indígenas, al acceso a la información ambiental, y al acceso a la justicia en materia ambiental. 

Otro de los aspectos relevantes es el Artículo que establece que deberá haber una ratificación a través de una consulta comunal para todas las actividades económicas o productivas que impliquen riesgo para la salud, efectos adversos sobre la Naturaleza y más. 

Artículos Transitorios 

Por último, se establecieron dos Artículos transitorios que contemplan la creación en un plazo de 2 años de un “Servicio para la Crisis Climática y Ecológica” y la realización de un “Catastro de vertederos” dentro del país, con el objetivo de alcanzar una política nacional de Basura Cero para el 2030.

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