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Cinco años de libertad vigilada para sujeto que abusó sexualmente de menor en Olivar

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Ernesto del Carmen Navarro Martínez a la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, en calidad de autor del delito reiterado de abuso sexual de menor de 14 años. Ilícito perpetrado en la comuna de Olivar, durante el transcurso del año 2016 hasta el día 18 de mayo del año 2017.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Paola González López (presidenta), Gladys Medina Montecino y Carolina Garrido Acevedo (redactora)– aplicó, además, a Navarro Martínez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; y las penas especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de las penas privativas de libertad; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad; la prohibición de visitar el domicilio, lugar de trabajo o establecimiento educacional de la ofendida y la prohibición de aproximarse a ella menos de 500 metros de distancia; y al pago del 50% de las costas del proceso.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que durante el transcurso del año 2016 hasta el 17 de mayo del año 2017 en diversas ocasiones y oportunidades el imputado llevo a la menor, de 10 y 11 años de edad a la época de los hechos, hasta unas casas abandonadas existentes en la población 10 de agosto, comuna de Olivar y en otras ocasiones hasta un potrero existente en el mismo lugar y bajo promesa de entregarle dinero a cambio, procedía a realizarle diversas tocaciones de índole sexual y luego de ocurrido esto le entregaba pequeñas sumas de dinero. La sentencia agrega: “Que el día 18 de mayo del año 2017 en horas de la tarde, el imputado concurrió en compañía de la víctima (…), de 11 años de edad, hasta un potrero existente en la comuna de Olivar, población 10 de agosto y a cambio de dinero procedió a tocarla (…). Cuando estaban ocurriendo estos hechos, fue sorprendido por un testigo, quien dio aviso a lo sucedido a los familiares de la menor”.

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