Rechazan sobreseimiento definitivo de exseremi de vivienda Wilfredo Valdés

Rechazan sobreseimiento de Wilfredo seremi diciembre 2015El Juzgado de Garantía de Rancagua resolvió denegar la solicitud de decretar el sobreseimiento definitivo del ex seremi de Vivienda de la Sexta Región, Wilfredo Valdés, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de negociación incompatible, en el marco de la investigación del denominado caso Caval.

Resolución comunicada hoy por la jueza Andrea Urbina, quien tras escuchar los argumentos de las partes consideró: “Que la información incorporada en el debate, por el fiscal Sr. Moya y los propios querellantes, da cuenta de que en este caso existe una investigación en pleno desarrollo con diligencias pendientes, dentro de aquellas, las que se pudieron dar a conocer en audiencia, se indica el análisis pendiente de más de 700 GB (gigas) con más de 800.000 mails rescatados de los computadores incautados en este procedimiento, el análisis de cuantiosa documentación contable obtenida luego de autorizaciones para alzamiento de secreto bancario, pericias contables y financieras encargadas a la Unidad Anticorrupción de la Fiscalía Nacional, pericias documentales también referidas a cheques de los imputados de la causa, diversas tasaciones de terreno que se han solicitado, declaraciones de testigos e imputados de las cuales han surgido nuevos antecedentes para investigar referidos precisamente a la tasación que hizo el imputado Wilfredo Valdés, vinculada a los hechos de la causa, y asimismo otras diligencias que en virtud de resguardar el éxito de la investigación se mantienen como reservadas. Se ha referido además que el imputado Wilfredo Valdés tuvo contacto con a lo menos tres de los principales imputados en esta causa, esto es con don Mauricio Valero representante de Caval, Cinthia Ross (arquitecto) y Jorge Silva Menares (Director de obras) estos últimos funcionarios públicos a la época de los hechos, investigados por delito de Cohecho”.

“De lo anterior es posible concluir –agrega la resolución– que en esta instancia procesal el Tribunal no cuenta con antecedentes que le permitan señalar con toda claridad que respecto de los hechos investigados no concurran los presupuestos de los tipos penales referidos a los delitos de revelación de secreto, negociación incompatible y cohecho -los que fueron objeto del planteamiento de la defensa- y que en definitiva los hechos no fueren constitutivos de estos delitos ni de delito alguno, por lo que no es posible, en este estadio procesal, estimar concurrente la hipótesis de la letra A del artículo 250 del Código Procesal Penal. Tampoco el Tribunal está en situación de desvincular al imputado Sr. Wilfredo Valdés de toda participación, ya sea como autor, cómplice o encubridor, en las figuras delictivas investigadas, en los términos que prevé la letra b del artículo 250 del Código Procesal Penal, en cuanto se exige por el legislador ‘que apareciere claramente establecida la inocencia del imputado’, y conforme a todo lo ya señalado, en esta instancia no es posible para esta Juez señalarlo de esa manera”.

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