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Tribunal rancagüino dicta veredicto condenatorio contra imputado por cuatro delitos de violación

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, por decisión unánime, dictó veredicto condenatorio en contra de Mauricio Alberto Alegría Correa como autor de un delito de violación impropia, en carácter de continuado, y también como autor de tres delitos de violación del artículo 361, número 1, del Código penal, ilícitos cometidos contra la víctima de iniciales D.B.M.D., en Osorno y San Bernardo cuando ella tenía menos de 14 años.

El fallo (causa rol 200-2015) dictado este jueves 8 de octubre, el tribunal-integrado por los magistrados María Esperanza Franichevic, Marcela Paredes y Roberto Cociña-, establece que «no existió controversia entre los intervinientes, de que el acusado y la madre de la ofendida, iniciaron una relación de convivencia en el año 2003 aproximadamente y que ésta concluyó en mayo de 2014, con diversas interrupciones durante su vigencia. (…) Igualmente no se controvirtió que (…) el acusado es el padre del menor de iniciales D.F.A.M.M., nacido en mayo del 2014, fruto de las relaciones sexuales que mantuvo con la víctima, entre los meses de agosto y septiembre del 2013.»

En relación al delito de violación impropia, el fallo indica que: «la prueba de cargo antes referida tuvo la fuerza necesaria para comprobar, más allá de toda duda razonable, que el acusado Alegría Correa, desde que la víctima tenía 12 años de edad, la penetró, en más de una oportunidad, sin que se pudiera precisar el número exacto de veces, las fechas de su ocurrencia, ni el detalle de cada una de las oportunidades en que se produjeron dichas agresiones».

En cuanto a los delitos de violación del artículo 361, número 1, del Código penal los jueces indicaron que: «El presupuesto fáctico de este delito es el acceso carnal a una persona menor a 14 años de edad. La acusación sindicó que el acusado perpetró estos hechos en la ciudad de Osorno, cuando la menor contaba con 12 años de edad”.

Por el contrario, y por igual quórum, el tribunal decidió absolver a Alegría Correa de los cargos que lo sindicaban como autor de delitos de abuso sexual impropio. Los magistrados indicaron que respecto a la absolución «El Tribunal decidió dictar veredicto absolutorio respecto de este hecho, pues la prueba de cargo no resultó suficiente para acreditar los supuestos fácticos de esta parte de la acusación (…)».

La audiencia de lectura de la sentencia -que será redactada por el magistrado Cociña- quedó fijada el martes 13 de octubre a las 14:20 horas.

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