Gobernador Julio Ibarra informa cronograma electoral a candidatos a alcalde y concejales de la provincia

Con el fin de coordinar una serie de aspectos relacionados con el proceso electoral que se desarrolla en nuestro país a raíz de las elecciones municipales de octubre próximo, el Gobernador Julio Ibarra Maldonado y los candidatos a alcalde y concejal de las seis comunas de la provincia de Cardenal Caro realizaron una importante reunión,  la que contó con la participación del Director Regional del Servicio Electoral, Rodrigo Díaz Oyarzún, quien fue el encargado de informar del cronograma electoral que se realizará hasta el día 28 de octubre.
 
En la oportunidad, tanto los candidatos a alcalde, como a concejales, hicieron diversas preguntas a la autoridad, quien puso mayor énfasis en aclarar las últimas modificaciones que se han hecho al sistema electoral, donde se destaca el proyecto del “Voto voluntario”, propuesto por el actual Gobierno, y que por primera vez se pondrá en práctica en nuestro país en las proximas elecciones municipales.

La actividad también contó con la presencia del Comisario de Carabineros de Pichilemu, Capitán Pablo Araneda Osorio. Cabe destacar que las próximas actividades del cronograma electoral son las siguientes:SEPTIEMBRE SÁBADO 1° Publicación de características de impresión de las cédulas electorales. Arts. 27 y 166, Ley Nº 18.700. JUEVES 13 Vence plazo para publicar en Diario Oficial de la Resolución del Director del Servicio Electoral que determina los Colegios Escrutadores, fija sus localidades de funcionamiento y las Mesas Receptoras de Sufragios que les corresponderá escrutar. Art. 80, Ley Nº 18.700 y Art. 9° transitorio, Ley N° 20.568. A contar de esta fecha las Juntas Electorales proceden a efectuar la selección de ciudadanos para integrar Mesas Receptoras de Sufragios correspondientes a las Mesas nuevas, además, designar a los dos vocales que corresponde su reemplazo de mesas anteriores y seleccionar a nuevos vocales porque estos últimos han cambiado de domicilio o han perdido el derecho a sufragio. A continuación, las Juntas Electorales proceden a seleccionar a los miembros de los Colegios Escrutadores. Arts. 41, 47 y 82, Ley N° 18.700 y Art. 5° transitorio, Ley N° 20.568. A partir de esta fecha los encargados electorales someten ante el Servicio Electoral el formato de las carpetas y credenciales que usarán sus apoderados, para que sea aprobado o rechazado por el Servicio Electoral en un plazo no superior a los cinco días de presentado. Art. 162, Ley N° 18.700. JUEVES 20 Vence plazo para publicar en Diario Oficial, nombramiento de Jefes de Fuerza. Art. 111, Ley Nº 18.700. VIERNES 28 El Servicio Electoral determina y publica en su sitio web, el Padrón Electoral con carácter de definitivo y Nómina Definitiva de Electores Inhabilitados. Art. 33, Ley N° 18.556. Comienza período de propaganda electoral por medio de prensa, radioemisoras, volantes, elementos móviles y avisos luminosos o proyectados. Arts. 30 y 32, Ley Nº 18.700. A las 14:00 horas se reúnen Juntas Electorales para: a) Sortear vocales para las Mesas Receptoras nuevas, designar a los dos vocales que corresponden su reemplazo, de mesas anteriores, y designar a los reemplazantes de aquellos vocales que deban ser reemplazados. Art. 41 inciso 5º, Ley Nº 18.700 y Art. 5° transitorio, Ley N° 20.568; b) Sorteo de miembros para Colegios Escrutadores. Art. 82 inciso 4°, Ley N° 18.700 y Art. 5° transitorio, Ley N° 20.568; c) Designación de Locales de Votación. Art. 52 inciso 1º, Ley Nº18.700; d) Designación de Delegados que estarán a cargo de las Oficinas Electorales que funcionarán en los Locales de Votación. Art. 52, inciso 1º y Art. 54, Ley Nº 18.700, y e) Designación de los recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores. Arts. 82 y 83, Ley Nº18.700.                             

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