Pleno de la Convención aprueba reglamento de ética

  • En su sesión 25 la Convención Constitucional terminó la revisión de las 158 indicaciones que fueron presentadas al texto.

La jornada de este jueves la Convención Constitucional dedicó su tarea a votar las indicaciones del reglamento de Ética, que tiene por fin regular la convivencia entre las y los integrantes de la Constituyente y quienes trabajan en la misma.

Este reglamento castiga todo tipo de conductas en la que se infrinjan las normas de probidad y transparencia, o se incurran en discursos de odio, violencia de género o actos de discriminación.

Se establecen dos tipos de sanciones, la amonestación y la censura, las que irán acompañadas de multas de entre un 5 y 30 por ciento de la dieta mensual.

¿Quién sanciona las infracciones a la ética?

El organismo encargado de analizar las denuncias será el Comité de Ética cuyas funciones son

  • Pronunciarse de las consultas que formulen las y los convencionales
  • Resolver los reclamos por derecho a la información
  • Declarar la admisibilidad de las denuncias, juzgar y dictar resoluciones

Dicho comité estará integrado por cinco miembros externos ratificados por el Pleno de la Convención Constitucional pertenecientes a instituciones del Estado, Universidades o Corporaciones sin fines de lucro.

Infracciones

El plenario aprobó una serie de normas que serán consideradas infracciones, entre las que se cuentan:

-proferir cualquier discurso de odio;

-actitudes de negacionismo;

– ejercer cualquier acto de violencia de género;

– incumplir los protocolos sanitarios;

– presentar denuncias sin fundamento;

– no registrar las audiencias de lobby en la plataforma respectiva;

– usar indebidamente los recursos y asignaciones

– desinformar a través de un hecho que se presenta como real sabiendo que es falso.

Procedimiento

El fiscal tendrá un plazo máximo de diez días hábiles para investigar la denuncia. Terminado ese plazo – prorrogable por 5 días- debe adoptar alguna resolución en el sentido de formular cargos o decretar el sobreseimiento definitivo por no haber podido acreditar los hechos.

Los casos de violencia de género tendrán un tratamiento especial que considera medidas de acompañamiento de la víctima como traslado del afectado o afectada, suspensión de labores – excepto si se trata de un  constituyente- acompañamiento psicológico o medidas de alejamiento del denunciado.

El plenario continuará mañana con la revisión del resto de los reglamentos que se encuentran pendientes, referidos a la Participación Popular y de Participación y Consulta Indígena.

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