El retorno de Jaramillo: ahora se lanza contra gobernador de C. Caro por apertura del camino a playa Mónaco

Renato Jaramillo
El seudo latifundista local, Renato Jaramillo Arriagada, aún no encuentra un pañuelo para secar sus lágrimas y ha decidido, ahora, emprenderlas en contra del gobernador de Cardenal Caro, Carlos Ortega.

En su carta a la autoridad provincial, publicada por pichilemunews, señala Jaramillo:

“Con verdadera indignación, asombro y estupor hemos sido atropellados por su acto (……..) mediático vulnerando nuestra propiedad privada e ”INVIOLABLE”, según la Constitución de la República de Chile.

Usted ha concentrado un batallón de fuerzas especiales de Carabineros, carro lanza gases, un bus repleto de personal armado con balas reales de guerra, no de goma, como cuando van a intentar hacerlo con los reductos de delincuentes, y con refuerzos de 2 patrullas CC, y 2 de la PDI, […] sin contar siquiera con una orden emanada del Juzgado, acatada por Usted bajo una simple orden de una funcionaria secundaria, orden que Usted debió cerciorarse, si era procedente”.

Prosigue Jaramillo, dice el medio pichilemino, recordándole a Ortega algunas de sus actuaciones como militar, en el pasado, señalando después que incumplió con la ley al:

1-“No haber notificado a dueños de la puerta principal, cuyos reales propietarios son Eduardo Parraguéz Galarce y Sra, Elisa María Jaramillo A. Son dueños de tierras colindantes en varias há.
2- De hecho rompieron candado del Sr. Parraguez y se robaron el resto de cadenas y otros candados. Esta es una de las puertas de “servidumbre”, que sólo corresponde a una servidumbre de los predios Mónaco y Santa Martha, por escritura.
El Acceso a la playa:
“Se llama servidumbre de paso y es un derecho real sin posesión, debe estar debidamente inscrita y delimitada. El paso en los bordes de playas es un derecho de paso genérico, ¡siempre a pie, y que debe definirse con uno o más de los propietarios ribereños, si no hay un paso público cercano. No es usar un camino interno del predio.
(……………………………………..)
3- Si Usted se hubiera dado la molestia de leer la resolución del año 1984 que cita BB NN, se habría dado cuenta que la servidumbre de acceso es por otro lado, pero usted fue aconsejado por su asesor el CORE Cornejo, que a nuestro juicio no es más que un (………….).
4-En definitiva la servidumbre de acceso fijada el año 1984 es la que usted omitió para causarnos un daño irreparable donde seguramente habría un compromiso de su parte con todos los (……………) que le acompañaron ese día.
5-El camino trazado como servidumbre de acceso peatonal está a 6 kilómetros de la puerta violada por usted y sus acompañantes (…………………………………….), lo que constituye a nuestro juicio solamente basura.
Para que usted sepa cerciórese de estos delincuentes y pregúntele al Juzgado de Pichilemu por los RUC 1700346940-91700255249 de fecha 22.7.2017, entonces usted tendrá que responder tal cual como un delincuente, porque usted fue el cabecilla que guió a ese tropel de sinverguenzas a que violaran nuestra propiedad.
6- Desde la violación de la primera puerta destruída hay imágenes que nunca podrán olvidarse donde usted (……………………………..) se burló ante las cámaras.
7- La última encuesta al país demostró que más del 85% de las personas no entiende lo que lee, y no tenemos dudas que usted pertenece a lo más destacado de ese porcentaje. Esto no lo librará de su responsabilidad y de este atropello violento e incalificable. Recurriremos hasta las instancias internacionales para (….) lograr su condena, ya que además hay responsabilidad por daños psíquicos y morales, además de todos los daños materiales por violación de domicilio y robos”.

“………. le deseo a usted que pueda pasar los mayores malos ratos que sean posibles y que le acompañen por el resto de su (………) existencia”.

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