Alcalde de Navidad emite declaración pública sobre destitución del administrador municipal

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El alcalde Horacio Maldonado Mondaca.
El alcalde Horacio Maldonado Mondaca.

El alcalde de la comuna de Navidad, Horacio Maldonado Mondaca, se refirió por primera vez a los hechos sucedidos hace unos meses en la municipalidad que comanda, que terminaron en la destitución del administrador municipal Rodrigo Soto Almuna.

La declaración pública que emitió es como sigue:

DECLARACIÓN PÚBLICA

Por la siguiente declaración me dirijo a los vecinos y habitantes de la Comuna de Navidad, para aclarar la temática de la destitución del Sr. Administrador Municipal don Rodrigo Soto Almuna y que ha sido comentada extensamente por los medios de comunicación y redes sociales.

1.- El Concejo Municipal en sesión del día 6 de julio de 2015 aprobó la DESTITUCIÓN del Sr. Administrador Municipal, por los 2/3 de los concejales en ejercicio, estando a favor los señores y concejales Lautaro Farías Ortega, Carlos Ortega Bahamondes, Álvaro Román Román y Margarita Madrid Vidal y en contra los concejales Zoemia Abarca Farías y Fidel Torres Aguilera. Este acuerdo se da estando haciendo uso de mi feriado legal que me corresponde como Alcalde. Posteriormente en sesión del día 20 de julio de 2015, el Concejo Municipal también por los 2/3 de los concejales en ejercicio y bajo la misma votación, aprobó agregar y ratificar al acuerdo de destitución del administrador municipal del día 6 de julio de 2015 un nuevo elemento, que dicho acuerdo regía desde el momento u época en que este fue acordado por los señores concejales.

2.- Que la facultad de remoción empleada por el Concejo Municipal, se encuentra contemplada en el artículo 30 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y por lo tanto los señores concejales sólo ejercieron las facultades que les entrega la ley; sin perjuicio que esta facultad también se encuentra entregada al Alcalde de cada Comuna del País.

3.- Que producto del acuerdo del día 6 de julio de 2015, el Alcalde Subrogante el propio Sr. Rodrigo Soto Almuna, hizo la consulta correspondiente a la Contraloría Regional, que es el órgano competente para pronunciarse si los acuerdos del Concejo se ajustan a la Ley. Sin perjuicio de lo anterior el Sr. Rodrigo Soto Almuna interpuso un Recurso de Protección en contra del acuerdo tomado por los Señores Concejales. El resultado de estas gestiones fue el siguiente: La Contraloría Regional declinó pronunciarse, ya que el tema se encontraba en la Justicia Ordinaria, producto del recurso de protección; por otra parte la Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó tal recurso, señalando a grandes rasgos que no se encuentran vulnerados sus derechos Constitucionales del administrador municipal.

4.- El Concejo Municipal ha ejercido un derecho del cual se encuentra embestido; pero esto no implica que la remoción sea una sanción administrativa y se deba despedir al funcionario en cuestión, ante una conducta que los señores concejales estimen que es una falta, al deber de conducta que debe tener cualquier funcionario de la Municipalidad. En este orden de ideas la destitución de cualquier funcionario, pasa necesariamente por un sumario administrativo; que es un proceso en donde al funcionario se le investiga su participación en un hecho, se le acusa, ejercer su defensa y la decisión final queda entregada al Alcalde o al superior jerárquico del servicio, como ocurre en toda la administración del Estado.

5.- Es mi obligación manifestar a la comunidad que mi deber como Alcalde es de siempre respetar las instituciones y el procedimiento que tienen asociado, ya que con ello se garantiza las buenas prácticas de la Municipalidad y por lo mismo se esperó hasta que la Corte de Apelaciones de Rancagua, se pronunciara sobre la Remoción del Administrador Municipal, para decretar el respectivo acto administrativo.

6.- Debo manifestar mi inquietud sobre los dichos o comentarios hechos en las redes sociales y medios de comunicación, ya que estos se efectúan con demasiada liviandad y sin conocer todos los antecedentes sobre un tema; lo que trae como consecuencia la desinformación de la comunidad en general; por lo mismo se efectúan comentarios que denigran la honra de las personas involucradas y se mal interpreten las decisiones de la Autoridad Comunal.

Para el caso u evento de haber faltas administrativas, recursos mal pagados o percibidos por algún funcionario municipal, existen una secuencia de acciones u apelaciones a organismos o instituciones superiores, para este caso en particular la Contraloría General de la República o Contraloría Regional, y que por lo mismo no se nos permite prejuzgar a ningún persona o funcionario, sin que su situación no sea conocida y definitivamente sancionada por estos organismos superiores; esta realidad es a fin a toda la Administración del Estado y a las Municipalidades también.

7.- No esta demás decir que la Municipalidad que dirijo, está abierta ante cualquier consulta personal o por escrito, respecto de cualquier materia que sea de interés de la comunidad y en este caso en particular, que ha llamado profusamente la atención.

HORACIO MALDONADO MONDACA

  ALCALDE

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