Colegio Charly’s School logra dejar sin efecto multa impuesta por Superintendencia de Educación

charly abril 2014Una resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua dejó sin efecto multa impuesta por la Superintendencia de Educación, luego de que se anunciara en noviembre pasado que el establecimiento no sería cerrado, puesto que las observaciones de la mencionada entidad estatal estaban en proceso de subsanación. La multa en cuestión era de 556 unidades tributarias mensuales.

El sostenedor del establecimiento Carlos Yáñez, según expresó a pichilemunews, pretende “darle un giro” al establecimiento educacional, al brindar educación al 80% del estudiantado, lo que según sus palabras correspondería al “100% con el porcentaje de personas que se atrasan y/o no pagan sus mensualidades”, destacando además que se orientaría a “las personas más vulnerables de la comuna, tendiendo a demostrar que podemos lograr que niños y jóvenes que se propongan llegar a estudiar una carrera universitaria lo logren”.

Transcripción de resolución judicial

Parte final

Por estas consideraciones y vistos además, lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 20.529, se declara:

Que se acoge la reclamación deducida por don Carlos Yañez González en su calidad de representante de la Sociedad Servicios Educacionales Yañez Orellana Ltda., sostenedora del establecimiento educacional Charly ‘s School, R.B.D. N°15522, de la comuna de Pichilemu, en contra de la Superintendencia de Educación , dejándose sin efecto la sanción impuesta al referido Establecimiento Educacional mediante Resolución Exenta N° 0805 de fecha 27 de octubre de 2014.

Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Ministro don Emilio Elgueta Torres.

Pronunciada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros Titulares, Sr. Emilio Elgueta Torres y Sr. Carlos Moreno Vega y el Abogado Integrante, Sr. José Irazával Herrera.

Catalina Henríquez Díaz – Secretaria (S)

En Rancagua, a seis de enero de dos mil quince, notifíquese por el estado diario la sentencia que antecede.

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