Contraloría desestima solicitud de seremi de Gobierno y deberá retrotraer proceso de Fondo de Medios 2020 por no asignar bonificación

El seremi de Gobierno, Alejandro Álvarez
Esta tarde la Contraloría Regional de O’Higgins desestimó la solicitud planteada por la Seremía de Gobierno de O’Higgins en septiembre, que buscaba la reconsideración de la instrucción de retrotraer el proceso de Fondo de Medios de Comunicación Social 2020.

El órgano contralor señaló que la seremi solicitó reevaluar la medida “sin aportar antecedentes o alegaciones que permitan variar lo resuelto” en el oficio E28375 de 2020.

En el citado documento la Contraloría había ordenado retrotraer el proceso concursal, evaluando el proyecto presentado por diario El Marino “Rescatando la historia de Colchagua y Cardenal Caro, segunda parte” “considerando lo expresado en el formulario de postulación de aquel en cuanto al tema covid-19, definiendo si procedía aplicar la bonificación contemplada en el respectivo pliego de condiciones”.

El proyecto, en un apartado denominado “anexo a objetivos específicos”, planteaba crear y mantener publicaciones en la Enciclopedia Colchagüina informando sobre el avance y medidas relativas a la pandemia de covid-19 en las provincias de Colchagua y Cardenal Caro. Las bases del Fondo de Medios y sus modificaciones consignaban una bonificación de un punto para aquellos proyectos que abordaran la pandemia. Sin embargo, la postulación de El Marino no recibió dicha bonificación y eso determinó que no se le asignaran recursos, aún cuando le correspondían.

El actual seremi Alejandro Álvarez, respondiendo en septiembre pasado el oficio E28375 de la Contraloría Regional, se había negado rotundamente a cumplir con la orden de retrotraer el proceso porque el proyecto de El Marino, a su juicio, “carecía de los elementos necesarios para que se le otorgase la bonificación asociada al criterio de tratamiento de Covid-19”. “Previo a evacuar la respuesta en comento, [es] concluyente la ausencia del criterio alegado que lo hicieran acreedor del puntaje adicional reclamado”, afirmó Álvarez.

OFICIO E67041 2020 REF W026433 2020 817379 UJ

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