Alcalde de Navidad viajó a Colombia junto a su pareja mientras ella se encontraba con licencia médica de reposo total

Antecedentes oficiales confirman que el alcalde de Navidad, Yanko Blumen Antivilo, junto a su pareja, Alexsandra Yoselin Jiménez Román, salieron del país rumbo a Colombia en agosto de 2023 mientras ella se encontraba con licencia médica vigente, otorgada con indicación de reposo laboral total.

De acuerdo con información remitida por el Departamento de Migraciones y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) al Tribunal Electoral Regional, en el marco de la causa Rol N.° 5369-2024, tanto el jefe comunal como su pareja registran una salida del país el 21 de agosto de 2023 y un reingreso el 27 de agosto de 2023, utilizando el aeropuerto Arturo Merino Benítez, con destino y procedencia Colombia.

Licencia médica con reposo total

Según los antecedentes disponibles, Alexsandra Jiménez Román contaba con una licencia médica por 21 días, con inicio de reposo el 14 de agosto de 2023, otorgada bajo la causal de «patología del embarazo» y con la indicación expresa de reposo laboral total. La licencia fue extendida por un médico especialista en obstetricia y ginecología, Jaime Vega Amaro, con domicilio profesional en San Antonio.

El viaje al extranjero se realizó, por tanto, dentro del período cubierto por la licencia médica, situación que ha generado cuestionamientos respecto del cumplimiento de las condiciones asociadas a este tipo de reposo, cuyo objetivo es permitir la recuperación del trabajador conforme a la indicación profesional.

En paralelo, los registros municipales de permisos y feriado legal del alcalde de Navidad indican que Yanko Blumen contaba con feriado legal otorgado entre el 14 y el 28 de agosto de 2023, período que coincide con las fechas del viaje informado por la PDI. No obstante, este antecedente no resulta aplicable a la situación de su pareja, cuya condición estaba regulada por una licencia médica y no por un permiso administrativo de descanso.

El oficio de la PDI que acredita los movimientos migratorios forma parte del requerimiento de remoción interpuesto en contra del alcalde Yanko Blumen, actualmente en tramitación ante el Tribunal Electoral Regional de Rancagua, en la causa Rol N° 5369-2024. Dicho documento fue incorporado como antecedente para establecer los hechos relativos a las salidas y entradas al país del alcalde y de su pareja durante los años 2022 y 2023.

Licencias médicas y viajes al extranjero

El caso se produce en un contexto de debate nacional sobre el uso indebido de licencias médicas, especialmente tras conocerse situaciones en que funcionarios públicos habrían salido del país mientras se encontraban con reposo vigente. La Contraloría General de la República, el 2 de junio de 2025 impartió instrucciones generales a los órganos del Estado sobre la forma de abordar los casos de funcionarios que salieron del país mientras se encontraban con licencia médica, a propósito del Consolidado de Información Circularizada (CIC) N° 9 de 2025. Dichas directrices fueron distribuidas a ministerios, servicios públicos, gobiernos regionales y municipalidades.

En su oficio, la Contraloría recordó que la fiscalización del uso de licencias médicas corresponde exclusivamente a la COMPIN o a las ISAPRE, organismos que tienen la facultad de investigar el incumplimiento del reposo, rechazar o invalidar licencias y denunciar los hechos si corresponde. Una vez acreditada una infracción, estos organismos deben informar al empleador, habilitando a la autoridad administrativa para evaluar la eventual responsabilidad disciplinaria del funcionario involucrado.

El órgano contralor precisó, además, que el eventual reproche administrativo no se limita al incumplimiento formal del reposo, sino que puede incluir la transgresión de deberes funcionarios y del principio de probidad administrativa, el cual alcanza incluso a conductas de la vida privada cuando estas puedan generar descrédito institucional o afectar la confianza pública. En ese marco, se advierte que el uso de licencias médicas para extender períodos de descanso, reemplazar feriados o justificar ausencias puede constituir una falta grave.

La Contraloría instruyó que los procedimientos disciplinarios deben ajustarse estrictamente al debido proceso, garantizando el derecho a defensa, la formulación clara de cargos y la correcta notificación del inculpado. Asimismo, recalcó que no existe impedimento para investigar a funcionarios que se encuentren con licencia médica, ni para recabar antecedentes como certificaciones de la PDI sobre movimientos migratorios, registros de licencias y permisos administrativos.

Finalmente, el instructivo señala que la valoración de la prueba corresponde a la autoridad que ejerce la potestad disciplinaria, la que debe fundamentar adecuadamente sus decisiones y, en caso de acreditarse infracciones graves al principio de probidad, aplicar las sanciones que la ley contempla, sin margen para sustituirlas por medidas de menor entidad.

El requerimiento de remoción contra el alcalde de Navidad continúa en tramitación ante el Tribunal Electoral Regional de Rancagua, instancia que deberá ponderar estos y otros antecedentes antes de emitir una resolución definitiva sobre el fondo del asunto.

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Cardenal Caro jardín del Pacífico
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