Destituyen e inhabilitan por cinco años a concejal de Malloa por falsear antecedentes académicos

El Tribunal Electoral Regional de la Sexta Región dictó una sentencia condenatoria en contra del concejal de la comuna de Malloa, Rodrigo Caballero Dinamarca, por incurrir en una grave infracción al principio de probidad administrativa.

La resolución, emitida este 22 de mayo de 2025, estableció que el edil postuló y ejerció el cargo sin cumplir con el requisito legal de haber aprobado la enseñanza media, presentando además una declaración jurada falsa en la que aseguraba contar con dicho antecedente académico.

Según los antecedentes del caso, Caballero Dinamarca recién regularizó su situación educacional el 26 de junio de 2022, es decir, cuando ya se desempeñaba como concejal. Además, durante el proceso judicial, mantuvo su versión inicial, afirmando que sí había cumplido con los requisitos antes de postular, lo que fue desmentido por las pruebas presentadas.

Esta actitud, según el tribunal, agravó su falta, ya que no solo violó normas fundamentales como el artículo 8° de la Constitución Política, que consagra el principio de probidad, sino que también infringió disposiciones de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios, y la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado.

Como consecuencia, el tribunal declaró que el concejal incurrió en la causal de infracción grave a la probidad administrativa, lo que conlleva una sanción de cinco años de inhabilitación para ejercer cualquier cargo o empleo público. Asimismo, se ordenó su inmediata cesación en el cargo que ocupaba para el periodo 2024-2028, por lo que la Municipalidad de Malloa deberá proceder a nombrar a su reemplazante.

Adicionalmente, el tribunal dispuso enviar los antecedentes al Ministerio Público para su conocimiento, dada la gravedad de los hechos. La sentencia será notificada formalmente a las partes involucradas, incluyendo a la Municipalidad de Malloa y a la Contraloría Regional de O’Higgins.

Caballero Dinamarca tiene la posibilidad de apelar la decisión ante el Tribunal Calificador de Elecciones, instancia superior que podría revisar el fallo.

ACTUALIZACIÓN 28 DE ENERO DE 2026: Este medio aclara que la sentencia que actualmente rige en el caso del concejal de Malloa, Rodrigo Caballero Dinamarca, corresponde al fallo del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), dictado el 11 de noviembre de 2025, el cual revocó la resolución previa del Tribunal Electoral Regional de O’Higgins.

En dicho fallo, el Tricel determinó rechazar el requerimiento de remoción, dejando sin efecto la inhabilitación por cinco años para ejercer cargos públicos, así como la orden de remitir los antecedentes al Ministerio Público. El tribunal estimó que no se acreditó mala fe ni una infracción grave a la probidad administrativa, considerando que el concejal actuó convencido de cumplir los requisitos legales, respaldado por un certificado académico y por la validación de su candidatura por parte del Servicio Electoral.

Esta aclaración se publica a solicitud del propio concejal, aun cuando el requerimiento fue presentado fuera del plazo establecido por la Ley de Prensa, en atención al deber de precisión y veracidad informativa.

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Cardenal Caro jardín del Pacífico
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