Notas del proceso constituyente, 23 a 25 de mayo

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23 de mayo

Pleno de Comisión Experta aprobó Estado social y democrático de derecho y reconocimiento a pueblos indígenas

Una ardua jornada de debate y votación se desarrolló en el primer Pleno de la Comisión Experta, en el que se aprobaron las normas constitucionales relativas al capítulo I del anteproyecto que será presentado al Consejo Constitucional el próximo 7 de junio.

El Capítulo I: “Fundamentos del Orden Constitucional”, contiene 16 artículos, de los cuales -en la mayoría- se alcanzó un acuerdo en la subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos, a través de la denominada “unidad de propósito” o “enmiendas amistosas”.

El Pleno estuvo encabezado por la presidenta de la instancia, Verónica Undurraga, y el vicepresidente, Sebastián Soto, quienes destacaron el espíritu de unidad y reconocieron el trabajo realizado por cada uno de los integrantes.

El comisionado Juan José Ossa expuso que “queremos aprobar con entusiasmo y el entusiasmo -por cierto- no es sinónimo de total conformidad. Si nuestro entusiasmo sólo lo pudiera esgrimir quien se considera vencedor, querría decir que se mal entendió el cargo que se nos hizo. Una cierta incomodidad con el texto, es parte de la esencia de cumplir con el mandato”.

A su turno, el comisionado Domingo Lovera expresó que “esta propuesta no es perfecta, tampoco estoy seguro que se acerque a una constitución que haya soñado; de hecho, no estoy seguro de alguna vez haber soñado con alguna constitución, me parece; sin embargo, este es un pacto constitucional mucho mejor que el que hoy tenemos”.

El artículo 1 del anteproyecto de la propuesta constitucional de la Comisión Experta establece que: “la dignidad humana es inviolable y la base del derecho y la justicia. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Su respeto y garantía es el primer deber de la comunidad política y su forma jurídica de organización”. Durante el pleno de este martes, se hizo hincapié en que estos principios están incluidos en el Estado social y democrático de derecho, el cual fue aprobado por unanimidad.

Chile se organiza en un Estado social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales y promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas”.

Frente a lo anterior, el comisionado Gabriel Osorio precisó que “se concibe al Estado social y democrático como un instrumento idóneo para dar consecuencia efectiva a la dignidad. No proponemos un modelo de Estado inerte, mínimo, gendarme ni subordinado, como tampoco proponemos un leviatán, sino un estado eficaz, en la tutela del interés general, capaz de realizar las metas que entre todos y a través de la democracia nos damos como sociedad”.

Osorio agregó que “este Estado social representa, a la vez, un giro profundo y un retorno a la senda señalada por otro gran acuerdo alcanzado en nuestra historia republicana. Hoy nos acercamos a esa idea solidaria de sociedad que es propia de toda comunidad política que aspira al desarrollo”.

El comisionado Teodoro Ribera indicó que “no estamos creando realmente un Estado social y democrático de derecho, más bien se trata de constitucionalizar y darle un mandato a la autoridad para seguir implementando con mayor vigor el Estado social y democrático de derecho que, en mayor o menor medida, se ha desarrollado en Chile en los últimos decenios sobre la base de crecimiento económico que ha tenido el país”.

Ribera añadió: “hay varias formas de interpretar el concepto Estado social y democrático de derecho, pudiendo ser de una mirada liberar, social demócrata, cristiana, etc. En este caso, el Estado social y democrático de derecho del anteproyecto constitucional, se construyó sobre la base de respeto y libertades fundamentales en el marco de una democracia representativa”.

Pueblos indígenas reconocidos en la nación chilena

Otros de los temas que generó debate fue el reconocimiento a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, consignado en el artículo 8 del anteproyecto. En este aspecto hubo una enmienda de unidad de propósito, donde los comisionados de la subcomisión establecieron en el inciso 1 que “la Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos individuales y colectivos garantizados por esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

Y el inciso 2 agrega: “El Estado reconoce la interculturalidad como un valor de la diversidad étnica y cultural del país y promueve el diálogo intercultural en condiciones de igualdad y respeto recíprocos. En el ejercicio de las funciones públicas, se debe garantizar el reconocimiento y la comprensión de dicha diversidad étnica y cultural”.

En esta indicación los comisionados Bettina Horst, Natalia González, Carlos Frontaura, Hernán Larraín, Marcela Peredo, Juan José Ossa, Catalina Salem, Katherine Martorell, Teodoro Ribera, Sebastián Soto, Máximo Pavez y Jaime Arancibia, pidieron votación separada del inciso 1.

En ese sentido, la comisionada Magaly Fuenzalida destacó que se alcanzara un acuerdo en materia de pueblos indígenas. Al respecto, dijo: “Los pueblos indígenas han existido e incluso preexistido a la formación de nuestro país como Estado independiente y su integración no ha estado exenta de problemas debido a la falta de respeto y reconocimiento de su diversidad cultural”. Manifestó su esperanza de el reconocimiento explícito de la Constitución entregue la libertad cultural y derechos colectivos de los pueblos, y sea un primer paso que invite al pueblo indígena de Chile sentirse parte del Estado en un marco mutuo entre este pueblo y del resto de quienes habitamos en este país”.

El comisionado Máximo Pavez,  en tanto, destacó que había que “reconocer y valorar la norma que reconoce a nuestros pueblos originarios, tan largamente e incomprensiblemente postergados por el constituyente derivado en el Congreso nacional. Y el reconocimiento a nuestro país intercultural”.

Pavez, además, leyó el informe que contiene los artículos 18 al 28 del Capítulo II titulado: Derechos y Libertades Fundamentales, garantías y Deberes Constitucionales, cuyo debate se iniciará este miércoles.

Al final del debate se dio la votación de los 16 artículos. Se aprobaron 13, dos suprimidos y uno rechazado, este último: el artículo 16 bis respecto a que “el Estado reconoce el valor económico y social del trabajo de cuidado y doméstico no remunerado, debiendo promover la responsabilidad social del cuidado y la corresponsabilidad al interior de las familias”.

Se inicia instancia clave en construcción de anteproyecto constitucional

Con el debate y votación en el pleno, se inicia una jornada clave en la elaboración del anteproyecto constitucional que presentarán los 24 miembros de la Comisión Experta, el próximo 7 de junio, al Consejo Constitucional.

En la ocasión, se procederá a la discusión y votación en particular de los 14 capítulos de la estructura constitucional, de acuerdo al articulado contenido en el informe de cada subcomisión; las que para ser aprobadas deberán tener el voto favorable de los 3/5 de sus integrantes, o sea, al menos 14 de los votos. Durante la discusión, cada comisionado y comisionada podrá hablar hasta dos veces en cada capítulo y por un máximo de cuatro minutos cada vez.

Las 16 enmiendas renovadas por las y los comisionados, se discutirán y votarán en el orden que corresponda, para lo cual se tendrá en consideración las reglas establecidas por la mesa. El pleno se pronunciará, además, respecto de los artículos que la subcomisión propone suprimir.

«Se va a ir votando artículo por artículo y el orden de la votación va a ir marcado por los capítulos. Hoy comenzamos con el capítulo I (Fundamentos del orden constitucional) y media hora antes del término de la sesión vamos a empezar a votar. Se leerá el artículo, no solamente para que los comisionados lo tengan claro, sino también para el público que pueda estar viendo a través de la transmisión», indicó el Secretario General del Proceso Constitucional, Luis Rojas.

Una vez despachado el anteproyecto, la Comisión Experta debe elaborar un informe final que contendrá una división temática de su articulado, ajustado a las competencias de las comisiones del Consejo Constitucional.

El Consejo Constitucional recibirá el anteproyecto de propuesta de nueva Constitución y el informe final en su sesión constitutiva. En la misma sesión, la Mesa de la Comisión Experta presentará ante el Consejo los lineamientos generales contenidos en el anteproyecto y la forma en que se ha dado cumplimiento a las bases institucionales y fundamentales establecidas en la Constitución Política de la República.

24 de mayo

Libertad de elección en salud marcó sesión de la Comisión Experta sobre Capítulo II

Un amplio catálogo de derechos fue aprobado luego de que la Comisión Experta debatiera y votara las normas del Capítulo II: “Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales”, y que corresponden al trabajo de la subcomisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales.

En particular, durante la jornada de la tarde de este miércoles se aprobó el texto correspondiente al artículo 17 (a partir de su inciso 15), que asegura constitucionalmente derechos como la salud, la vivienda adecuada, educación, seguridad social, agua, trabajo decente, libertad sindical, medio ambiente libre de contaminación, entre otros.

Respecto al derecho a la protección de la salud, la norma establece el deber preferente del Estado de garantizarlo, a través de instituciones estatales o privadas. Con esto, se mantiene la libertad de elección de prestadores.  Sin embargo, los comisionados acordaron eliminar del texto las referencias a las cotizaciones obligatorias y a los regímenes de salud, lo que quedará abierto al legislador.

La decisión, generó un intercambio de opiniones entre algunos miembros de la instancia. Según Bettina Horst, nadie puede sostener “en forma seria que esto no será abordado en la siguiente etapa por el Consejo Constitucional”. Añadió: “espero que el destino de ese debate también esté protegido por la libertad de elección, porque en ningún caso ello significa que se constitucionalizan las actuales instituciones de salud previsional, ya que estas no están en la Constitución, no se crean en el texto vigente, sino que mediante leyes de rango inferior”, subrayó la comisionada.

Horst sostuvo “por qué no, en vez de eliminar la libertad de elección en la Constitución en materia de salud, consagrarla y, además, mandatar al estado para que la fortalezca y la haga efectiva. Acá, a mí modo de ver, primó una mirada estatista y estoy segura de que esta discusión no termina acá”.

Desde la otra vereda, Flavio Quezada advirtió que la decisión no se traducirá en una hoja en blanco. “Ha quedado en manos del legislador la determinación de la forma de financiamiento de las acciones de salud, tal como en todas las constituciones que conozco”, recalcó. Quezada, además, agregó que “lo que se ha rechazado es constitucionalizar un determinado modelo basado en criterios individualistas, pues no alcanzó el consenso necesario para ser incorporado en el texto. Quizás, más adelante, se incorpore el modelo de isapres en el texto a plebiscitar, pero dudo que sea la síntesis entre las distintas visiones que se unieron para conformar los 3/5 que están detrás de las normas que aquí se proponen”.

Educación y derecho al agua

Respecto a educación, no se consagró la gratuidad universitaria. Sin embargo, la comisionada Alejandra Krauss destacó que se reemplazó la referencia del “deber preferente al fortalecimiento de la educación en todos sus niveles, por deber ineludible, para evitar la jerarquización de deberes por parte del Estado”. Precisó que “respecto de la educación parvularia, básica y media fue incorporado el verbo coordinar, además de financiar, con el objeto de dejar en evidencia que el Estado debe aunar los esfuerzos educativos y no sólo financiarlos”, aseguró.

En la misma línea, Juan José Ossa celebró que se haya vuelto a constitucionalizar el kínder obligatorio. No obstante, hizo un llamado a no tener tantas esperanzas “porque ya ha estado constitucionalizado -hace mucho tiempo-, pero el legislador no lo ha constitucionalizado por la misma razón que no ha implementado la sala cuna universal, que es la discusión sobre si puede ser entregada de forma mixta o no”.

Respecto al derecho al agua y al saneamiento, se establece el deber del Estado de garantizarlo a las generaciones actuales y futuras, además de la prevalencia de su uso para consumo humano y doméstico.

Líneas que quedaron a firme en el anteproyecto y que fueron refrendadas de manera transversal. Alexis Cortés, resaltó que “este anteproyecto le habla a las futuras generaciones, a quienes les debemos un mundo habitable”. Mientras que Teodoro Ribera apuntó que “el principio fue: el que tiene mantiene. Eso fue lo que nos impulsó. No estamos modificando en nada el Código de Aguas y nos interesa mucho que eso quede consignado así”.

La revisión del tercer capítulo de la propuesta elaborada por los comisionados y comisionadas, es la tarea que sigue ahora.

Pleno Comisión Experta: Aprueba derechos sociales básicos y refuerza estados de excepción

En su segundo día de debate, el Pleno de la Comisión Experta aprobó que el Estado deberá adoptar distintas medidas para asegurar los derechos sociales básicos y reforzar los estados de excepción.

La discusión se circunscribió al Capítulo II titulado Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales, que contiene los artículos 17 al 28. Todas las indicaciones se aprobaron y no prosperó suprimir el artículo 23, relativo a especificaciones asociadas a votaciones populares. Mientras que el artículo 17, entre otros puntos, aborda el derecho a la vida, que se debatió sin que se votara por el momento.

En el Pleno, los comisionados centraron sus argumentos en el artículo 24 ter que en uno de sus párrafos señala: “el Estado deberá adoptar medidas adecuadas para realizar los derechos a la salud, a la vivienda, al agua y al saneamiento, a la seguridad social y a la educación”. Añade que habrá un “desarrollo progresivo para lograr la plena efectividad de estos derechos”. Asimismo, una adecuada protección de estos, “sin discriminación o diferenciación arbitraria”.

Sobre los recursos, se aprobó que deben existir “recursos disponibles, con responsabilidad fiscal y la satisfacción a través de instituciones estatales y privadas”.

La justicia y protección de derechos

El anteproyecto establece que los tribunales de justicia deben pronunciarse ante una situación de discriminación directa o indirecta para restablecer el derecho.

La indicación dice que “por causa de actos u omisiones ilegales o arbitrarias sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías” podrá concurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la Corte de Apelaciones respectiva, la que adoptará de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho”.

La presidenta de la Comisión Experta, Verónica Undurraga, valoró que Chile avance en materia de derechos básicos sociales, fortaleciendo la idea de un Estado social y democrático de derecho.

A su parecer “en el nuevo Estado social y democrático de derecho, la acción se amplía como garantía de cumplimiento de prestaciones sociales vinculadas a los derechos a la salud, la vivienda, el agua y el saneamiento, a la seguridad social y a la educación, lo que nos parece relevante de destacar y un avance en esta materia”.

El comisionado Hernán Larraín comentó que en el anteproyecto se precisa “un camino realmente interesante que hace posible pensar que efectivamente el Estado social y democrático de derecho se va encarnando en nuestra legislación y lo va haciendo de un modo responsable”.

En ese contexto, resaltó, por un lado, “el artículo 24 ter obliga al Estado a la adopción de medidas adecuadas para analizar los derechos a la salud, vivienda, derecho al agua y al saneamiento, a la seguridad social y a la educación, atendiendo a criterios que procuran ser realistas en la capacidad del Estado de asegurarlo, criterio que, no obstante, puede ser difícil de precisar en algunos casos”.

Estados de Excepción: Presidente de la República dará cuenta

El Pleno de la Comisión Experta también aprobó consagrar -a lo menos- cuatro estados de excepción y reforzar la democracia cuando son dictaminados: Estado de Asamblea, de Sitio, de Catástrofe y de Emergencia (los 4 son contemplados en la legalidad vigente).

Por ejemplo, en el artículo 27 expresa como novedad que “el Presidente de la República dará cuenta al Congreso Nacional de las medidas adoptadas en virtud de la declaración de los estados de excepción constitucional. La ley institucional respectiva regulará la forma en que se cumplirá este deber. Las medidas que se adopten durante los estados de excepción no podrán, bajo ninguna circunstancia, prolongarse más allá de la vigencia de los mismos”.

También “para la declaración y renovación de los estados de excepción constitucional, el Presidente de la República y el Congreso Nacional considerarán la proporcionalidad y necesidad y se limitarán, respecto de su duración, extensión y medios empleados, a lo que sea necesario para el pronto restablecimiento de la normalidad constitucional”. Además, “los estados de excepción constitucional, las respectivas jefaturas de la Defensa Nacional deberán actuar de conformidad a lo establecido en la ley con las autoridades civiles”.

Lo estados de excepción serán regulados por una ley de quórum calificado tanto para su declaración y aplicación de las medidas legales y administrativas que se adopten. Dicha ley considerará lo estrictamente necesario para el pronto restablecimiento de la normalidad constitucional y no podrá afectar las competencias y el funcionamiento de los órganos constitucionales ni los derechos e inmunidades de sus respectivos titulares”.

El comisionado Carlos Frontaura destacó que “hemos logrado establecer una adecuada fórmula para garantizar el derecho de las personas y, efectivamente, permitir que cuando sea necesario e indispensable para restablecimiento se pueda contar con las herramientas necesarias”.  Agregó que “en materia de garantía, derecho y libertades hay un avance importante; esto se refiere que hay una reactualización que mantiene que los derechos no pueden ser afectados en su esencialidad”.

En paralelo, Catalina Lagos manifestó que la primera innovación respecto de los estados de excepción, “consiste en aumentar los estándares de rendición de cuentas del Presidente de la República al Congreso Nacional, respecto de las medidas adoptadas en cada una de las declaraciones que formule”. Agregó que “el texto vigente, establece un deber de informar únicamente de manera expresa para los estados de emergencia y catástrofe, y ahora hemos establecido una norma genérica con este deber de rendición de cuentas. Una segunda innovación es la relativa a establecer un mayor quorum de aprobación por el Congreso Nacional en el caso del Estado de sitio”.

Otros derechos de la Constitución

Además, que “el derecho a la integridad personal, que incluye el derecho a la integridad física y psíquica. Nadie será sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.

Se “prohíbe la pena de muerte”; y asimismo que “el desarrollo científico y tecnológico estará al servicio de las personas y se llevará a cabo con respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y psíquica, y a los demás derechos que esta constitución establece”.

Asimismo “la ley regulará los requisitos, condiciones y restricciones para su utilización en las personas, debiendo resguardar especialmente la actividad cerebral, así como la información proveniente de ella”.

En el inciso 11 también se señala que “el derecho a la libertad de expresión, información y opinión, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de las responsabilidades ulteriores por los delitos o abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a una ley de quórum calificado”.

Se propone, entre otros puntos que “la ley en ningún caso podrá establecer el monopolio estatal sobre los medios de comunicación social. Habrá un Consejo Nacional de Televisión, autónomo y con personalidad jurídica, encargado de velar por el correcto funcionamiento de este medio de comunicación.

Otro derecho es a “reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas. Las reuniones en plazas, calles y demás lugares de uso público se regirán por lo dispuesto en esta Constitución y la ley”.

El derecho de “presentar peticiones a la autoridad sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes, y el derecho a recibir una respuesta por parte de la autoridad, dentro de un plazo razonable. La admisión a todas las funciones y empleos públicos, sin otros requisitos que los que impongan la Constitución y las leyes”.

Comisionados plantean diferencias respecto a nacionalidad y ciudadanía

“Los nacidos en el territorio de Chile, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y de los hijos de extranjeros transeúntes, todos los que, sin embargo, podrán optar por la nacionalidad chilena”.

Este párrafo, que corresponde al artículo 18 del capítulo II del anteproyecto de Constitución, titulado Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Derechos Constitucionales, mostró discrepancias entre algunos miembros de la Comisión Experta.

Y es que mientras unos consideran que el inciso responde a parámetros exigidos por tratados internacionales, relacionados con el respeto de los derechos humanos, otros señalan que en el texto existe un vacío que necesita ser precisado.

En esa línea, el comisionado Teodoro Rivera manifestó que carece de lógica que los hijos de extranjeros transeúntes nacidos en Chile, puedan ejercer su derecho de optar a la nacionalidad chilena con posterioridad.

“Los hijos de extranjeros sin ingreso legal adquieren la nacionalidad de inmediato, y luego, por interés superior del niño, los padres permanecen en Chile”, recalcó.

En paralelo, el comisionado Flavio Quezada recalcó que el artículo establece mejoras importantes en materias de nacionalidad y ciudadanía. “Se actualizan estas materias de conformidad a los avances del derecho internacional de los derechos humanos y la jurisprudencia nacional”, sostuvo.

Y agregó: “Se propone un texto que honra a los compromisos internacionales adquiridos por nuestro país, para reducir los casos de apatridia”.

25 de mayo

Comisión Experta aprueba capítulo sobre representación política y participación

La cuarta jornada del Pleno de la Comisión Experta, que está en etapa de análisis y votación de la propuesta de anteproyecto de Constitución, se dedicó al Capítulo III, que se refiere a “Representación Política y Participación”.

Como ha sido la tónica, las intervenciones de los comisionados se desarrollaron en un ambiente de reflexión y respeto, en el que abordaron temas como votaciones populares, plebiscitos, sistema electoral y partidos políticos, entre otros.

Juan José Ossa, quien presidió la subcomisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado, dijo que durante las sesiones hubo coincidencia en el diagnóstico en cuanto a que Chile es un país multipartidista, que ha provocado que el Congreso esté muy fragmentado.

Es por ello, agregó, que se les ha “obligado a orientarse al bien común, al régimen democrático, velando por la participación hombres y mujeres en su dirección y regulándolos en materias de su disciplina”.

En esa línea, el comisionado Francisco Soto destacó que el articulado propuesto se regulan las órdenes de partido y se establece que el parlamentario que renuncie o es expulsado, perderá su escaño. “Sin embargo, estos mayores poderes también son acompañados de los debidos contrapesos. Así, existen las reglas que apuntan a mejorar la democracia interna de estas instituciones, requiriendo primarias electorales, además de fomentar la igualdad de participación entre hombres y mujeres en los órganos colegiados”, subrayó.

Disciplina y órdenes partidarias

Quien también se refirió al tema fue Jaime Arancibia. “Se avanza en las órdenes de partidos, que me parece es un instrumento efectivo para alcanzar disciplina partidaria, porque lo que se quiere son partidos políticos y no políticos partidos”, afirmó. No obstante, reparó en que dado que se trata de órdenes de partidos “me parece que para que sean realmente válidas es necesario que sean emitidas por los órganos más representativos de los partidos, pues de lo contrario se corre el riesgo de que sea emitida por unos pocos”.

En ese sentido, Arancibia añadió que “yo habría sido un poco más exigente en el sentido de que para hablar verdaderamente de una orden de partido, se haya vivido una efectiva democracia partidaria y que ojalá hubiesen sido órganos más representativos del partido aquellos encargados de emitir esa orden partidaria”.

A su vez, Alexis Cortés resaltó que “si bien creo que este capítulo tiende a regular aspectos que -a mi juicio- no deberían ser materia constitucional, como las órdenes de partido, creo que hay avances sustantivos”. Aclaró sus palabras, haciendo la salvedad de él proviene “de una cultura política que valora altamente lo que nosotros denominamos como una disciplina consciente”.

Iniciativa popular de ley

Otro de los temas que se abordó durante las más de cuatro horas que duró la sesión, fue la iniciativa popular de ley. En ese contexto, Alejandra Krauss comentó que mediante este mecanismo se está fortaleciendo la creación de sentido de pertenencia y de comunidad. “Con la iniciativa popular de ley no se pretende reemplazar nuestra democracia representativa; al contrario, tiene como objeto complementarla, balancearla y oxigenarla con las prioridades que la ciudadanía pueda hacer presente”, aseguró.

En tanto, la comisionada Catalina Salem manifestó que este capítulo viene a reforzar nuestra democracia representativa con un concepto constitucional de partidos políticos, una institucionalidad robustecida para los partidos políticos ya que son quienes articulan los intereses que están presentes en la sociedad civil y los llevan hacia el Estado para que puedan ser acogidos. “En la iniciativa popular de ley, si bien no me convence de todo, veo un importante esfuerzo por tratar de lograr un mecanismo que incluya a la sociedad civil en los procesos políticos y en particular en los legislativos”, explicó.

También fueron destacadas normas sobre partidos políticos respecto de directrices fundamentales para desterrar, conceptualmente, la violencia como forma de acción política. “Valoro generar mecanismos para evitar faltas a la probidad y transparencia”, dijo Carlos Frontaura, para luego agregar que “la captura del Estado por grupos delictuales es un perjuicio para la ciudadanía”.

La revisión del anteproyecto constitucional continuará con el análisis del Capítulo IV referente al Congreso Nacional.

Se espera nuevo debate sobre el derecho a la vida del que está por nacer y derechos sexuales y reproductivos en el Consejo Constitucional

El derecho a la vida del que está por nacer y el resguardo de los derechos sexuales y reproductivos fueron los temas que generaron contrapuntos en el debate del Pleno de la Comisión Experta, que elabora el anteproyecto que será presentado al Consejo Constitucional.

Ambas enmiendas, que fueron rechazadas, se enmarcaron en la discusión del artículo 17 del Capítulo II sobre Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales.

Los comisionados mostraron sus diferencias en la indicación que señala que “la Constitución asegura a todas las personas el derecho a la vida”, y agrega que “se prohíbe la pena de muerte”.

En ese punto, los miembros Jaime Arancibia, Carlos Frontaura, Bettina Horst, Natalia González, Hernán Larraín, Juan José Ossa, Marcela Peredo y Catalina Salem, incluyeron la siguiente indicación: “Nadie puede ser privado de su vida intencionalmente, salvo en los casos de legítima defensa. La ley protege la vida del que está por nacer y la maternidad vulnerable. En Chile se proscribe la pena de muerte”.

La Constitución del ’80 y el debate que viene

Sobre qué señala la actual Constitución de 1980 y si es posible que estos temas sean repuestos en el debate del Consejo Constitucional desde el 7 de junio próximo para redactar una nueva Carta Fundamental, hubo varias opiniones.

El comisionado Teodoro Ribera dijo que el derecho a la vida es un “tema extremadamente sensible” para Chile, poniendo como ejemplo que -incluso- en otros países “consideran que no hay vida hasta el cuarto o quinto mes de embarazo, y así, con todo, hacen aborto”. Explicó que la Constitución vigente establece la protección de la vida del que está por nacer; sin embargo, con la enmienda se quiso reforzar que nadie puede ser privado de su vida de manera intencional y cuidar a la madre por sobre todas las cosas.

A su turno, la comisionada Marcela Peredo manifestó su confianza en que esta enmienda se reponga en el Consejo Constitucional y se inicie un debate en beneficio de todos los chilenos. Al respecto precisó: “Lo que nosotros queremos es aumentar la protección del que está por nacer, considerando que las personas son lo que son desde el momento de la concepción, así lo dicen los tratados de derechos humanos y, también, reconocido en la actual Constitución”.

Derechos sexuales y reproductivos

En cuanto a los derechos sexuales y reproductivos, los comisionados Alexis Cortés, Magaly Fuenzalida, Flavio Quezada, Catalina Lagos, Domingo Lovera, Antonia Rivas, Leslie Sánchez y Verónica Undurraga presentaron otra enmienda, que no consiguió aprobación, que resguarda los derechos sexuales y reproductivos. Esta decía lo siguiente: “Toda persona es titular de derechos sexuales y reproductivos. Estos incluyen el derecho a tomar decisiones informadas y autónomas sobre su vida sexual y reproductiva, y acceder a las prestaciones de salud correspondientes, sin coacción ni discriminación. Incluyen también el derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y sus aplicaciones”.

La comisionada Verónica Undurraga, durante el Pleno, argumentó que el derecho a la autonomía sexual adquiere un sentido transformador para personas que están en condición de subordinación, marginación, pobreza, discapacidad o dependencia. “Es conveniente entender que los derechos de las mujeres, de la diversidad sexual y de los grupos vulnerables no son lo suficientemente respetados y debemos establecer un derecho de autonomía de forma expresa”, precisó.

Mientras, la comisionada Alejandra Krauss dijo que se buscó establecer dentro de la visión general de la dignidad de la persona humana, “una dimensión amplia del ejercicio de las libertades propias de las mujeres en estos tiempos y en nuestra sociedad”. No obstante, sostuvo que “siempre en nuestro país avanzar en temas culturales y valóricos ha sido de grandes luchas y banderas que se levantan”, manifestando que sería importante seguir con dichas materias para consagrarlas en la nueva Constitución.

En tanto, la comisionada Magaly Fuenzalida reconoció convencida de que esta enmienda será repuesta en el Consejo Constitucional, aunque admite que es complicado que pueda prosperar. “Veo difícil avanzar en temas como derechos sexuales y reproductivos; sin embargo, creemos que tenemos bastantes argumentos para intentar persuadir y conversar con los consejeros que vienen, pero no le veo mucho futuro”, finalizó.

Buscan que el Estado reconozca valor económico y social del trabajo de cuidado y doméstico no remunerado

Por no alcanzar 14 votos de apoyo, el pleno de la Comisión Experta rechazó la norma que proponía que “el Estado reconoce el valor económico y social del trabajo de cuidado y doméstico no remunerado, debiendo promover la responsabilidad social del cuidado y la corresponsabilidad al interior de las familias”.

La iniciativa de las comisionadas Magaly Fuenzalida, Alejandra Krauss, Catalina Lagos, Domingo Lovera, Flavio Quezada, Antonia Rivas, Leslie Sánchez y Verónica Undurraga, fue repuesta para su discusión, en la idea de incorporar un artículo más, en este caso, el 16 bis y que se votara en el pleno del martes, destinado a aprobar las normas que componen el Capítulo 1 del anteproyecto.

“Me parece lamentable que no haya prosperado esta iniciativa, ya que los trabajos domésticos y de cuidados son, justamente, uno de los elementos fundamentales que permite el funcionamiento de la sociedad, pero –paradojalmente- está por completo invisibilizado, en buena medida, porque ese trabajo es realizado de manera mayoritaria por mujeres”, expuso el comisionado Alexis Cortés, principal impulsor de la iniciativa.

Y aunque la enmienda no prosperó, Cortés detalló que se busca como primer paso el reconocimiento de estos trabajos, a lo que se suma lo que ha sido el espíritu del anteproyecto, dejando en manos del legislador democrático la posibilidad de traducir eso en normativas que signifiquen el acceso a otros derechos sociales, por ejemplo, en seguridad social. El comisionado añadió que “espero que esta iniciativa, no sólo sea retomada en el Consejo Constitucional, sino que la sociedad, por medio de las iniciativas populares (proceso participación ciudadana), pueda recogerla y transformarla en una demanda de amplio apoyo”.

A su turno, el comisionado Jaime Arancibia, junto con valorar la iniciativa, expuso que “en materia de rechazo de normas, siempre hay que tener presente, que muchas veces el que las rechaza, no significa que esté en contra de lo que busca la norma. Muchas veces se rechazan, porque la expresión normativa y la redacción de la norma, no han quedado en términos suficientemente claros”.

Arancibia aseguró que “quién podría oponerse al cuidado y a su reconocimiento en la constitución, pero parece que –normalmente- el cuidado obedece también a expresiones de afecto, de cariño en el seno de la familia y lo que estaba procurando esta norma, en primer lugar, era reconocer su valor económico. Yo no estoy a favor de monetizar o de asumir una interpretación meramente patrimonial o económica del cuidado que se brinda a los seres queridos al interior de la familia”.

“Una norma que hubiese aludido simplemente a la necesidad del cuidado y a su valor social, habría contado con mi apoyo”, enfatizó Arancibia.

Por su parte, la comisionada Catalina Lagos, indicó que se trata de la labor que sostiene la vida en sociedad. No hay vida económica, no hay vida laboral, sin alguien que se haga cargo del cuidado de los niños, de las personas enfermas y adultos mayores”.

“Nos parecía muy relevante que existiera un reconocimiento constitucional de esa labor que se realiza de manera no remunerada. Diversos estudios han señalado que si calculáramos el aporte que hace ese trabajo al Producto Interno Bruto, equivaldría a un 22% del PIB, superaría con creces a la mayoría de los ámbitos productivos del país”, detalló Lagos.

En el ámbito internacional, la comisionada indicó que “hay varias constituciones que reconocen la labor del trabajo doméstico y de cuidado. A nivel latinoamericano, hay algunas constituciones que lo vinculan a la previsión social, donde se asegura a las personas que realizan ese trabajo, después poder tener una jubilación”.

Lagos indicó que se trata de una demanda “muy sentida” de la sociedad civil que, mediante los procesos participativos en curso, será una de las demandas que se pondrá sobre la mesa para su discusión.

• Vea aquí las declaraciones de la comisionada Catalina Lagos

En tanto, la comisionada Magaly Fuenzalida indicó que “esperamos que, en esta segunda etapa con el Consejo Constitucional, pueda ser considerado. Vamos a insistir, ya que creemos que es de toda justicia. Si hay algo que nos enseñó la pandemia, es la importancia de la labor de cuidado y cuantas mujeres, principalmente, deben abandonar su trabajo o labor profesional, por cuidar hijos que no tenían clases, enfermos, personas en discapacidad o adultos mayores”.

“No buscamos un sueldo, como se ha querido decir, sino que dejar un mandato al legislador para que de manera progresiva se puedan ir estableciendo beneficios sociales”, recalcó Fuenzalida.

Comité Técnico de Admisibilidad ratificó flujograma de tramitación de requerimientos

El órgano del Proceso Constitucional analizó y ratificó en su sesión plenaria, la versión definitiva del flujograma simplificado de tramitación que será utilizado para analizar los requerimientos donde se solicite su actuación.

En la cita, sus integrantes concluyeron la revisión del glosario de términos concernientes a la tramitación de los requerimientos, además de pronunciarse sobre la propuesta que realizará el subcomité creado para revisar los formularios de tramitación de dichas solicitudes.

El Comité Técnico de Admisibilidad, está compuesto por 14 miembros (integración paritaria), los cuales deberán resolver los requerimientos que se interpongan contra aquellas propuestas de normas aprobadas por la Comisión Experta o por el Consejo Constitucional,  y que contravengan las bases institucionales establecidas para el proceso.

El funcionamiento del Comité Técnico de Admisibilidad en cuanto al conocimiento y resolución de las reclamaciones, se estableció por el propio Comité mediante un auto acordado dictado dentro de los diez días siguientes al de su instalación.

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