Condenan a presidio efectivo a autores de robo con intimidación en servicentro rancagüino

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó el viernes -9 de junio- a Eduardo Abel Núñez Arredondo y a Luis Alfredo Sepúlveda Arredondo a 7 años y 5 años y un día de presidio, respectivamente, en calidad de autores del delito de robo con intimidación, ilícito perpetrado el 19 de septiembre de 2016 en un servicentro de la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 123-2017), el tribunal –integrado por los magistrados Miguel Ángel Santibáñez Artigas (presidente), María Esperanza Franichevic Pedrals, Paulina Chaparro Bossy (redactora)– aplicó, además, a Núñez Arredondo y Sepúlveda Arredondo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure las condenas, más el pago del 50% de las costas a cada uno.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El fallo dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 3:30 horas de la madrugada del día 19 de septiembre de 2016, “dos sujetos irrumpieron al interior del Punto Copec del Servicentro ubicado en calle Membrillar de esta ciudad, abordaron a la cajera y al bombero que se encontraban en el lugar, para lo cual uno de ellos portaba un martillo con el cual intimidó a la mujer al tiempo que le exigía la entrega del dinero de la caja y su celular personal, mientras la víctima intentaba abrir la caja el sujeto sustrajo numerosas cajetillas de cigarros desde el mostrador. Por su parte el segundo sujeto intimidó al bombero exhibiéndole algo desde el bolsillo de su chaqueta, exigiéndole el dinero recaudado y su celular personal, los cuales entregó. La referida acción se detuvo cuando uno de los ofendidos activó la alarma de pánico, provocando la huida de los delincuentes”.

La sentencia asegura que: “La referida prueba de cargo, y en particular los relatos consistentes y perfectamente coordinados entre sí, no desvirtuados por otra prueba en contrario, dieron cuenta de la dinámica de los hechos y sirvieron para demostrar la propuesta fáctica contenida en la acusación, permitiendo al tribunal alcanzar la convicción (…)”.

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