TOP de Rancagua condena a 18 años de presidio efectivo a autor del delito de parricidio en villa Baquedano


El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó ayer –viernes 17 de febrero– a Eliseo Andrés Villarroel Madrid a la pena efectiva de 18 años de presidio, en calidad de autor del delito de parricidio de su madre. Ilícito perpetrado en diciembre de 2015, en la villa Baquedano de la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 505-2016), el tribunal –integrado por las magistradas Paulina Chaparro Bossy (presidenta), Lidia Ferrada Valdebenito y María-Esperanza Franichevic´ Pedrals (redactora)– aplicó, además, a Villarroel Madrid las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El fallo dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la mañana del 10 de diciembre del 2015, la víctima Hilda Ninoska Villarroel Monsalva, se encontraba en el domicilio que compartía con su hijo, específicamente en el dormitorio principal de dicho inmueble. Lugar donde su hijo, Eliseo Andrés Villarroel Madrid, la agredió en varias ocasiones con un arma blanca, principalmente en la zona del cuello y hombros, causándole alrededor de ocho heridas corto penetrantes, lesiones que le provocaron la muerte por anemia aguda.

“(…) el tribunal estimó que no le beneficia la minorante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, del artículo 11 N° 9 del Código Punitivo, pues tal como sostuvo la señora fiscal en la audiencia, la declaración del acusado no fue clara y, al menos en su primera parte, intentó minimizar su responsabilidad al pretender que lo ocurrido fue producto de un accidente cuando se cayó encima de su madre, quien podría haberse enterrado el cuchillo casualmente y él sólo la habría apuñalado cuando intentó levantarse apoyado en el cuchillo; versión que tampoco explicaría las múltiples lesiones en el cuerpo de su madre, ni menos la mordida en su cara”, expone el fallo.

Resolución que agrega: “Además, tal como señaló la señora fiscal, la conducta del acusado tampoco fue colaborativa durante la investigación, pues el mismo día de los hechos desconoció la situación ante el llamado de su padrastro y después habría intentado ocultar el cuerpo al moverlo dentro de la vivienda, poniendo muebles por encima del rastro de sangre; siendo un hecho que no llamó a carabineros ni a los servicios médicos de urgencia para prestar auxilio a su madre; por último, pretendió que lo sucedido fue obra de terceros”.

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