CUATRO CIUDADANOS INPUGNAN CANDIDATURAS DE CASTRO Y BRUNA

CUATRO CIUDADANOS INPUGNAN CANDIDATURAS DE CASTRO Y BRUNA

Cuatro ciudadanos plenamente “informados de sus derechos” en una acción no imaginada por los afectados, podría dejar al candidato del Partido Socialista y de Renovación Nacional sin candidatos al parlamento.

Mientras abogados –de ambos candidatos- deben estar preparándose para defender las candidaturas, otros deben estar “mirando” de dónde salieron estos ciudadanos tan avispados, porque –si se respeta la ley- tienen todas las de lograr el objetivo: dejar en el camino a los “afuerinos”.
Veamos la nota que publica el Portal rancaguino www.elcachapoal.cl

Por Mauricio Pérez Araya  –  Rancagua, 01/010/09.-

Señor 
Carlos Aránguiz
Presidente titular Tribunal Electoral Región de O’Higgins
Presente:

Ana Carrasco Castro, estudiante universitaria, Bartolomé Rojas Espinoza, Profesor, Cristian Galdames F, Miriam Fuenzalida Devia, Dueña de Casa, y Margarita Candia Pérez, Dueña de Casa, en nuestra calidad de ciudadanos regionalistas y buscando la estricta observancia y respeto de las leyes de nuestro país, tanto en su espíritu como en su propia letra, por medio del presente libelo solicitamos la impugnación de las candidaturas a diputado por el distrito Nº 32 perteneciente a la sexta región y que a continuación se individualizan, en razón a que abiertamente infringen el requisito de tener residencia de dos años previo a las elecciones en la región a que pertenezca el distrito electoral, en este caso dentro de los limites de la región del Libertador Bernardo O’Higgins,  requisito establecido en el artículo 48 de la Constitución Política de la República de Chile. Las candidaturas que impugnamos son las de:

1.- Juan José Bruna, candidato de RN, periodista capitalino que trabaja con el presidente de dicho partido, don Carlos Larraín.

2.-  Juan Luis Castro, médico santiaguino, candidato del PS, que fue dirigente de su orden y no se le conoce actividad ni domicilio en la región, previo al año 2009.

Magistrado, lo anterior encuentra fundamento en los siguientes hechos:

1.- Los señores Bruna y Castro, como podrá verificar el Tribunal Electoral, han trasladado recientemente su inscripción electoral a nuestra región.

2.- En la última Reforma Constitucional realizada en el año 2005, se eliminó el requisito de residencia para la inscripción de candidaturas para senadores, pero se mantuvo explícitamente dicho requisito para la elección de diputados. Resulta esclarecedor de lo anterior la intervención del diputado de la Alianza por Chile don René Manuel García, en la sesión de la Cámara el 18 de mayo del año 2005, la cual forma parte del a historia fidedigna de la reforma legal electoral, y que pasamos a reproducir.

“Pero, además, se quiere modificar el artículo 48 en el sentido de suprimir el plazo de dos años de residencia en la región que requiere un ciudadano para ser elegido diputado. Pregunto, por ejemplo, si los habitantes de Concepción, más de un millón, son tan ignorantes que tienen que llevarles un candidato de Santiago. O si en Antofagasta no hay nadie capaz de ser candidato a diputado, a senador o a Presidente de la República. No, tiene que ser un señor de Santiago para sacar la presión de esa olla que tienen los partidos, donde están los eternos candidatos que quieren emigrar a regiones. ¿Ésa es la explicación que tenemos para aprobar esto?

Entonces, cuando hablamos de regionalización, una región fuerte -como lo hemos dicho en todas partes-, seamos consecuentes. Confío en la gente de mi región: en los alcaldes, concejales, senadores, diputados e intendentes.
Me da mucha pena cuando las regiones son invadidas por gente que no las conoce. Sobre todo, cuando representa a distritos o circunscripciones agrícolas y no son capaces de distinguir un toro de una vaca y hablan de agricultura y de lo que nunca han visto en su vida.
En consecuencia, pido que la modificación al artículo 48 se vote separadamente, no quiero que se vote como el resto de la reforma. Ésta es la oportunidad de defender a la gente de las regiones. Estamos consolidando una reforma. ¡Claro que todos queremos un Chile más democrático, que el Presidente tenga facultades, que los senadores sean elegidos y que haya un reconocimiento a los pueblos indígenas! Todos estamos de acuerdo. Pero también hay que tener dignidad. No podría pasearme por mi región después de aprobar un artículo para llenar cargos con gente que no es de ahí. Creo que las regiones merecen ser representadas por gente que ha nacido en ellas y que tiene intereses propios. ¿O acaso es más digno arrendar una casa por un mes o comprar un sitio de 5 mil metros cuadrados y decir que pertenece a ella cuando la visita quince días al año y no sabe lo que pasa allí?
En consecuencia, señor Presidente, -perdónenme que lo diga tan duramente mientras Dios me dé fuerzas para estar aquí, voy a defender a las regiones. No necesito vestirme de negro y hacerme llamar federal con ese fin. Las defiendo porque creo en ellas. Mis ancestros, mis tatarabuelos han sido regionalistas. Nadie de mi familia ha vivido en Santiago o en otras partes. No estoy diciendo que sea malo vivir en Santiago ni tampoco que allí no haya gente capaz; pero, también la gente de regiones se ha educado, ha vivido, ha vibrado y las ha hecho crecer”.

En el mismo sentido, el diputado de la Concertación, don Alberto Robles, pidió la votación separada del art. 48 (46) de la Constitución, manteniendo el requisito de residencia para los señores diputados:
“Aun cuando me quedan tan pocos minutos, no puedo dejar de referirme a la indicación, que en el artículo 48 de la Constitución suprime la exigencia de tener residencia en la región o distrito electoral a que postula. Creo que ello obedece a intereses de parlamentarios centralistas –de Santiago-, porque no me cabe otra explicación respecto de incorporar este tipo de modificación a la Constitución.
Por tanto, pido que esta indicación se vote en forma separada. No es  posible que una persona que representará a quienes votarán por ella no viva en el mismo lugar que sus electores. ¿Cómo es posible que alguien pretenda representar a los ciudadanos de Vallenar o de Atacama si nunca ha vivido ahí? Tampoco es posible que un parlamentario represente a un ciudadano a la distancia, sin vivir en el lugar donde pueda ser elegido.
En verdad, aquellos que plantearon suprimir en el artículo 48 la exigencia de tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente tienen una visión demasiado centralista de lo que debe ser la representación del pueblo. Resulta evidente que este tema se ha tratado en forma errónea. Estoy absolutamente seguro de que quienes representamos a regiones no podemos aceptar que en ellas no haya una persona capaz y de méritos para llegar al Congreso y representar a la gente de su región”.

4.- Nuestro objetivo no es afectar el proceso de competencia democrática, pero no podemos aceptar esta notoria violación fragrante de nuestra Carta Fundamenta. Sinceramente esperamos que no interprete laxamente el requisito de residencia que pide la Constitución, la que suele ser vulnerada a través de simples  resquicios, artimañas y triquiñuelas, como lo son un simple papel que aparenta un contrato de arrendamiento, sin ser protocolizado notarialmente, que supuestamente tendría más de dos años de antigüedad.

5.- La no residencia de los candidatos ya individualizados en esta presentación, en la región del libertador Bernardo O’Higgins es un hecho público y notorio.

6.- El hecho reclamado por medio de este escrito, además de infringir abiertamente nuestra Norma Fundamental, ataca además la fe pública respecto de nuestro sistema electoral y organización política

Finalmente esperamos que vuestro Tribunal desempeñe su misión y haga uso de las facultades establecidas en los artículos 17 y 18 de la Ley Nº 18.700, Ley Orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.

Sin otro particular, se despiden atentamente; Ana Carrasco Castro, Bartolomé Rojas Espinoza,  Cristian Galdames, Miriam Fuenzalida Devia y Margarita Candia Pérez.


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